Decreto 2755 / 2010. Decreto Sintetizado del 31 de Agosto de 2010. Aviso Nro: 16570

Fecha de la disposición 1 de Septiembre de 2010
Número de Boletín27358
Fecha de Publicación 1 de Septiembre de 2010

DECRETO N° 2.755/3 (ME), del 31/08/2010. VISTO el análisis en materia de política salarial efectuado por el Gobierno de la Provincia, y CONSIDERANDO:

Que en relación a dicha materia, se concertaron rondas de trabajo entre las autoridades del Poder Ejecutivo Provincial y las Organizaciones que nuclean a los trabajadores de la Sanidad. Que el Poder Ejecutivo, compartiendo las inquietudes sobre política salarial planteadas, considera necesario continuar con las acciones tendientes al mejoramiento de la situación económica de los agentes del Sistema Provincial de Salud. Que resulta procedente la recomposición de la Ayuda Social otorgada por el Decreto N° 824/3 (ME) del 2 de mayo de 2003, modificado por Decreto N° 2075/21 (MSP) del 5 de julio de 2006. Que el Aporte Social se calculará sobre la base de $225.- a partir del 1 de septiembre de 2010, y de $350.- a partir del 1 de octubre de 2010, y se ajustará conforme a la base de cálculo del Sueldo previsto para los agentes del Sistema de Salud, garantizándose un monto mínimo a percibir equivalente al que se le asigne a un agente de Nivel C del SIPROSA con una antigüedad de 5 a 10 años. Que por lo tanto corresponde adoptar la medida administrativa tendiente a proveer de conformidad lo tramitado. Por ello, El Gobernador de la Provincia DECRETA:

Artículo 1° Modifícase el artículo 1° del Decreto N° 824/3 (ME) del 2 de mayo de 2003, modificado por Decreto N° 2075/21-(MSP) del 5 de julio de 2006, el que queda redactado de la siguiente manera:

"Artículo...

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