Decreto S 4297/1964

Fecha de disposición10 Junio 1964
Fecha de publicación19 Marzo 2013
SecciónDecretos

Bs. As., 10/6/1964

Vistas las constancias del presente expediente X.CN.EE.UU.dt. Nº 02-02“C”/964, atento a lo solicitado por el Ministerio de Defensa Nacional (Secretaría de Estado de Marina), y

CONSIDERANDO:

Que es necesario incrementar la actual capacidad operativa de las unidades navales para la guerra antisubmarina;

Que ello requiere el reemplazo de los equipos de detección cuya vejez determina un bajo rendimiento y afecta la eficiencia de las armas integrantes del sistema;

Que la diversidad de equipos sonar existentes, de distintos rendimientos y características, hace conveniente que la renovación de los mismos tienda a su normalización en una línea adecuada, lo que beneficia el adiestramiento y disminuye el volumen de los problemas logísticos involucrados;

Que los sonares AN/SQS-17A ofrecidos por la Edo Corporation son de características operativas y rendimientos parecidos a los de los equipos AN/SQS-4, AN/SQS-10A y AN/SQS-11A, instalados en algunos de nuestros buques, y además de menor costo que los nombrados;

Que dicho menor costo se ve actualmente aún más reducido porque la fábrica los tiene en su línea de producción y no es necesario un pedido especial para su construcción, lo que en todos los casos implica un considerable aumento del costo;

Que el provenir estos sonares del mismo país de origen que los ya instalados en otras unidades de la ARMADA DE LA REPUBLICA ARGENTINA favorecerá desde el punto de vista logístico la obtención de los repuestos necesarios para su mantenimiento, en coincidencia con la línea de normalización adoptada para la Electrónica Naval;

Que el dotar a algunas unidades de estos equipos permitirá una mayor eficiencia en las operaciones antisubmarinas individuales y de conjunto, dado que se obtendrán mayores alcances y mejores posibilidades de clasificación y mantenimiento del contacto, al mismo tiempo que se simplifica la operación;

Que el presente caso se ajusta a lo establecido en el artículo 56, inciso 3º, apartado c) y f) de la Ley de Contabilidad;

Por ello,

EL PRESIDENTE

DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°

— Autorízase al MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL (SECRETARIA DE ESTADO DE MARINA) a contratar en forma directa la adquisición de sonares de uso naval a la firma EDO CORPORATION de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA por la suma de TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE DOLARES (U$S. 369.469.ºº).

Art. 2°

—...

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