Decreto Provincial, Año 2018 Dto. N° 350 Prorrógase la Vigencia, Del Programa «MI Primer Empleo»

Fecha de publicación05 Junio 2018
SecciónSección Oficial
Número de Gaceta12939
BOLETIN OFICIAL
PAGINA 2 Martes 5 de Junio de 2018
Sección Oficial
DECRETO PROVINCIAL
PODER EJECUTIVO: Prorrógase la Vigencia del
Programa «Mi Primer Empleo»
Dto. N° 350/18
Rawson, 31 de Mayo de 2018
VISTO:
El Expediente N° 2416/2014-STR, el Decreto N°
1498/14, la Resolución N° 295/15 STR; y
CONSIDERANDO:
Que por los actos administrativos mencionados en
el Visto se crea e implementa, en el ámbito de la Pro-
vincia del Chubut, el Programa «Mi Primer Empleo»;
Que dicho programa tuvo por objetivo instar la
implementación de políticas públicas tendientes a mejorar
las condiciones laborales de la población, promocionando
la inserción laboral de los grupos más vulnerables;
Que el programa se encuentra destinado a jóvenes
de ambos sexos, de entre 18 y 28 años inclusive, a
discapacitados y trasplantados de hasta 49 años, y
mujeres víctimas de violencia, que se encuentren des-
ocupados y registren domicilio en la Provincia del Chubut;
Que la finalidad pretendida fue impulsar acciones
tendientes a generar oportunidades de inclusión social
y laboral como medida imprescindible en pos de supe-
rar la crisis coyuntural de dicho grupo vulnerable;
Que además, siendo políticas de este Gobierno pro-
vincial promover oportunidades que tienden a mejorar
las condiciones sociales y económicas de los habitan-
tes de la provincia, resulta una herramienta indispensa-
ble para la integración socio laboral de aquel sector;
Que el programa fue recepcionado por la población tra-
bajadora y empresaria interesada con singular notoriedad;
Que atento «Mi Primer Empleo» tiene vigencia has-
ta el 31 de Marzo de 2018, resulta adecuado analizar
la conveniencia de su mantenimiento;
Que vista las consideraciones que promovieron
su dictado, y en atención a que se han mantenido en el
tiempo las circunstancias justificantes, resulta nece-
sario prorrogar su vigencia en virtud de la difícil situa-
ción que atraviesan localidades de la Provincia, como
consecuencia de la situación de emergencia climática
y económica que son de público conocimiento;
Que lo mencionado precedentemente encuentra
fundamento en la acogida y éxito que ha tenido el
programa, y en concordancia con ello la creación
de nuevos puestos de trabajo para el grupo
involucrado e el mismo;
Que la prórroga que se promueve, se ajusta a la
manda de los artículos 28 y 71 de la Constitución Provin-
cial, en cuanto persigue, por un lado, la creación de nue-
vos puestos de trabajo y, por el otro, la inserción laboral;
Que por todo lo expuesto corresponde efectuar la
prórroga del Programa «Mi Primer Empleo», por un plazo
de noventa (90) días;
Que no existe impedimento formal ni legal para la
emisión del presente acto administrativo;
Que ha tomado debida intervención el Asesor Gene-
ral de Gobierno;
POR ELLO:
El Gobernador de la Provincia del Chubut
DECRETA:
Artículo 1°.- PRORRÓGASE la vigencia del Progra-
ma «Mi Primer Empleo», por un plazo de noventa (90)
días, a partir desde el 01 de Abril del año, corriente en
un todo de acuerdo con lo expuesto en los consideran-
do que anteceden.-
Artículo 2°.- Exceptuar el presente trámite del criterio
de irretroactividad dispuesta por el artículo 32° de la Ley I
N° 18, por aplicación del punto 3 de misma norma legal.-
Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por
los señores Ministros Secretarios de Estado en el Depar-
tamento de Gobierno y de Coordinación de Gabinete.-
Artículo 4º.- REGÍSTRESE, comuníquese, dése al
Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
Esc. MARIANO EZEQUIEL ARCIONI
Sr. MARCIAL PAZ
Dr. FEDERICO MASSONI
DECRETOS SINTETIZADOS
Dto. N° 314 15-05-18
Artículo 1º.- Apruébese la «Addenda Convenio de
Asistencia Financiera Programa de Convergencia Fiscal
entre el Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial y
la Provincia del Chubut», la que fuera protocolizaba al
Tomo 1, Folio 285 del Registro de Contratos de Locación
de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Go-
bierno con fecha 15 de mayo de 2018.
Artículo 2º.- Autorízase a ceder, en garantía, de la
asistencia concedida, los recursos a percibir por la pro-
vincia del Régimen de Coparticipación Federal de Im-
puestos conforme lo dispuesto en el Artículo 8º del Con-
venio de Asistencia Financiera Programa de Convergen-
cia Fiscal con fecha 19 de febrero de 2018, como asi-
mismo la autorización a descontar la coparticipación en
los términos del Artículo 9º del mismo.
Dto. N° 347 23-05-18
Artículo 1º.- Otorgar eficacia retroactiva al acto con-
forme lo previsto en el Artículo 32° de la Ley I - N° 18, por
aplicación del Punto 3) de la misma norma legal.
Artículo 2º.- RECONOCER a partir del 01 de mayo de
2018 y hasta la fecha del presente Decreto, la
mensualización a los agentes, en los cargos y las depen-
dencias que se detallan en el Anexo I del presente acto.
Artículo 3º.- MENSUALIZAR a partir de la fecha del
presente Decreto, y hasta el 31 de diciembre de 2018, a

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