Decreto Nro. 885 - PRESUPUESTO DE EROGACION VIGENTE EJERCICIO 2018

EmisorMINISTERIO SEGURIDAD
Fecha de la disposición 6 de Junio de 2018

MENDOZA 06 DE JUNIO DE 2018

Visto el expediente Nº 26852-D-2017-00106 (III Cuerpos), y

CONSIDERANDO:

Que en las citadas actuaciones la Dirección de Capital Humano y Capacitación del Ministerio de Seguridad, solicita se realice un ajuste de situación de revista para el personal policial que quedó exceptuado de las promociones 2017 por falta de vacantes, con la finalidad de poder contar con el número de oficiales necesarios para el normal desempeño del Sistema de Seguridad Pública Provincial;

Que mediante Decreto N° 2582 de fecha 26 de diciembre de 2017, se efectuó el procedimiento de promociones ordinarias del personal policial, conforme lo normado por el artículo 181, primera parte de la Ley N° 6722;

Que dicha promoción se realizó con el objeto de satisfacer las necesidades orgánicas de las Policías de la Provincia de Mendoza, no lográndose este fin al no contar oportunamente con los cargos vacantes necesarios;

Que a fs. 29/31 obra el listado de personal que fue tratado y quedó exceptuado de las promociones 2017 por vacantes;

Que se adjunta nómina del personal policial en la jerarquía de Auxiliar que finalizó la Técnicatura en Seguridad Pública o título equivalente entre los meses de febrero y agosto de 2017, habiendo presentado formulario de autopropuesta de promociones pero que no formó parte del mismo debido a que se tomaron los antecedentes funcionales hasta el 31/12/2016 y que se encuentra en condiciones de promocionar a la jerarquía de Oficial Subayudante, conforme lo establecido en el artículo 183 de la Ley N° 6722 y modificatorias;

Que debido a la premura con que se requieren los ascensos para asegurar el normal funcionamiento del Sistema de Seguridad Pública en el ámbito provincial, se justifica la utilización de los listados del Orden de Mérito del personal que estaba en condiciones de ascender, al haber sido evaluado oportunamente para el tratamiento promocional correspondiente a las Promociones Ordinarias 2017 – antecedentes 2016, por las Juntas de Calificaciones –quien mantiene su competencia hasta nuevo llamado (art. 189 de la Ley N° 6722) y respetan el derecho a la igualdad del tratamiento promocional;

Que atento a la existencia de economías para afrontar el gasto efectuado y conforme a lo expresado por el artículo 181 de la Ley N° 6722, corresponde continuar con el tratamiento de ascenso en forma excepcional y por razones del servicio;

Que la Dirección de Capital Humano y Capacitación del Ministerio de Seguridad elaboró el Orden de Mérito resultante del procedimiento de calificación previsto por el artículo 195 de la Ley Nº 6722 y modificatorias, el cual fue...

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