Decreto Nro. 874 - BAJA POR JUBILACIÓN DEL AGENTE ESPINOLA
Emisor | MINISTERIO DE PLANIFICACION E INFRAESTRUCTURA PUBLICA |
Fecha de la disposición | 16 de Julio de 2020 |
MENDOZA, 16 DE JULIO DE 2020
VISTO el EX-2020-01408150-GDEMZA-MESA#MIPIP, en el cual se gestiona la baja del agente de la Dirección de Obras del Ministerio de Planificación e Infraestructura Pública, Señor RAUL GREGORIO ESPINOLA, por haber accedido a los beneficios de la jubilación ordinaria; y
CONSIDERANDO:
Que en el Orden 2 se encuentra agregada la renuncia presentada por el citado agente, C.U.I.L. Nº 20-11486032-9, a partir del 11 de marzo de 2020 al cargo de CLASE 009 (Régimen Salarial 05 – Código Escalafonario 1-03-03).
Que en el Orden 7 se agrega el informe respecto de la situación de revista del agente de que se trata.
Que por otra parte y de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 12 del Decreto - Acuerdo Nº 109/96, todos los agentes de la Administración Pública Provincial, cuentan con sesenta (60) días hábiles a partir de la fecha de notificada la aceptación de la renuncia, para comunicar a la Caja de Seguro Mutual la continuidad o no de su afiliación al citado organismo.
Por ello, conforme con lo dispuesto en el Artículo 12º del Decreto – Acuerdo 109/96 y lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Planificación e Infraestructura Pública,
EL
GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Téngase por aceptada, a partir del 11 de marzo de 2020, la renuncia presentada por el agente de la Dirección de Obras del Ministerio de Planificación e Infraestructura Pública, Señor RAUL GREGORIO ESPINOLA, D.N.I. Nº 11.486.032, C.U.I.L. Nº 20-11486032-9, al cargo de CLASE 009 (Régimen Salarial 05 – Código Escalafonario 1-03-03) de la citada repartición, con motivo de haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria.
El agente mencionado en el artículo anterior, en el término de sesenta (60) días hábiles contados a partir de la fecha de notificación de la presente norma legal, deberá comunicar a la Caja de Seguro Mutual de la Provincia su decisión de continuar o no con el beneficio que otorga la citada Institución.
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