Decreto Nro. 854 - CONTINUIDAD EN LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PERSONALES

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición30 de Abril de 2019

MENDOZA, 30 DE ABRIL DE 2019

Visto la necesidad de asegurar la continuidad en la prestación de servicios personales bajo diferentes modalidades, a partir del 01 de mayo de 2019; y

CONSIDERANDO:

Que por medio del Decreto N° 543/19 se dispuso dar continuidad a las adscripciones, adicionales, suplementos y prestaciones de servicios de personas contratadas en Planta Temporaria y bajo los sistemas de Locación de Obras o Servicios y Honorarios determinados en Horas Módulo Deportivo, cuyos vencimientos operan el 30 de abril de 2019, siempre que se encuentren financiadas con Rentas Generales (Financiamiento 000) o con Recursos Afectados de origen provincial, estos últimos en la medida que la efectiva recaudación así lo permita;

Que a los efectos de no resentir los servicios que presta el Estado Provincial, es indispensable dar continuidad a las adscripciones, prestaciones de servicios de personas contratadas en Planta Temporaria y bajo los sistemas de Locación de Obras o Servicios y Honorarios determinados en Horas Módulo Deportivo, cuyos vencimientos operan el 30 de abril de 2019, siempre que se encuentren financiadas con Rentas Generales (Financiamiento 000), con Recursos Afectados de origen provincial o, para el caso de Otras Entidades (Carácter 5), cualquiera sea su financiamiento;

Que el lapso de vigencia de esta prórroga será hasta el 31 de diciembre de 2019 y tiene por objeto asegurar la prestación de servicios del personal comprendido en las situaciones detalladas precedentemente en forma normal durante el ejercicio 2019;

Que el Decreto Acuerdo Nº 2325/18, en su Artículo 4º, dispuso que a partir del 01 de abril de 2019, no podrán ser incluidas en cualquiera de las situaciones descriptas en los considerandos precedentes las personas que sean deudoras morosas del fisco provincial mientras no hayan regularizado su situación;

Que la prórroga dispuesta por Decreto N° 2325/18, fue extendida por Decreto N° 543/19, cuyo vencimiento opera el 30 de abril de 2019;

Que las continuidades dispuestas han sido justificadas por los responsables de cada área, en el marco de un proceso de reordenamiento administrativo, con el fin de lograr una mejora constante en la prestación de los servicios mediante la optimización de nuestro personal;

Que esta política pública dispone la revisión constante de la asignación de recursos y el tiempo...

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