Decreto Nro. 825 - PRESTAMO TEMPORAL DE BIENES DEL IPJYC A LA DGE

EmisorMINISTERIO HACIENDA Y FINANZAS
Fecha de la disposición 1 de Junio de 2018

MENDOZA, 01 DE JUNIO DE 2018

Visto el expediente N° EX-2018-01205602--GDEMZA-MGTYJ; y

CONSIDERANDO:

Que en el expediente de referencia, el señor Gobernador de la Provincia solicita al señor Ministro de Hacienda y Finanzas y Entes Descentralizados de su Cartera, la elaboración de un informe sobre la existencia de servidores de aplicación y base de datos para ser afectados al uso temporal de la Dirección General de Escuelas.

Que dicho pedido tiene su fundamento en la grave situación planteada por la Dirección de Tecnologías de la Información de la Dirección General de Escuelas, que entre otras cuestiones, se manifiesta en el inminente riesgo que corren los servidores de aplicación y base de datos que hoy sostienen la liquidación de sueldos de toda su planta docente y no docente, sistema de gestión de alumnos y docentes de todas las escuelas de la Provincia, de gestión estatal y privada, sistema de recursos humanos, sistema de juntas calificadoras, portal educativo y correo electrónico edu.ar, entre otros.

Que el estado actual de los servidores implica ciertamente la posibilidad de que dejen de funcionar, sin que puedan efectuarse arreglos parciales o reposición de piezas por ser tecnología obsoleta que no se fabrica ni se consigue en el mercado;

Que, además de lo expuesto, la importancia de este requerimiento radica en la necesidad impostergable de realizar la liquidación del ítem zona establecido por Ley N° 9031.

Que desde la Dirección General de Administración del Ministerio de Hacienda y Finanzas se cursaron las comunicaciones a sus dependencias y Entes Descentralizados a saber: Referente Informático del Ministerio, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Caja de Seguro Mutual, Administración Tributaria Mendoza e Instituto Provincial de Juegos y Casinos.

Que todos contestaron que no tenían la disponibilidad del equipamiento requerido, salvo el Instituto Provincial de Juegos y Casinos, el cual informó sobre la disponibilidad temporal de hasta ocho servidores enviados por HP en virtud del contrato de leasing celebrado con Sielcon S.R.L. y que a la fecha no tienen afectación de uso inmediato por estar destinados a servir de refuerzo o back up al proyecto de reconocimiento facial encauzado dentro del Instituto Provincial de Juegos y Casinos;

Que en virtud de lo expuesto y teniendo en cuenta el bloque normativo aplicable, lo dispuesto en la Ley N° 8706 (Artículo 124 ss. y...

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