Decreto Nro. 782 - EX-2019-4860886-GDEMZA-MGTYJ

EmisorMINISTERIO GOBIERNO, TRABAJO Y JUSTICIA
Fecha de la disposición17 de Mayo de 2022

MENDOZA, 17 DE MAYO DE 2022

Visto el Expediente Nº EX-2019-04860886-GDEMZA-MGTYJ, en el cual se solicita declarar fuera de uso y transferir de forma definitiva a la Dirección General del Servicio Penitenciario dependiente del Ministerio de Seguridad, bienes muebles inventariables pertenecientes a distintas Unidades Organizativas del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia; y

CONSIDERANDO:

Que en orden 02 obra nota del responsable de Inventario del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia solicitando declarar fuera de uso y transferir de forma definitiva dichos bienes muebles de acuerdo a lo establecido en el Artículo 124 y 127 inc. c) de la Ley Nº 8706;

Que en orden 02 obra Anexo IV - Transferencia de Bienes de Uso - y fichas de inventario correspondientes a los bienes mencionados;

Por ello y de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 124 y 127 inc. c) de la Ley Nº 8706 y lo dictaminado en orden 05 por Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1°

Declárense fuera de uso y transfiéranse a la Dirección General del Servicio Penitenciario dependiente del Ministerio de Seguridad, los bienes muebles inventariables pertenecientes a distintas Unidades Organizativas del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia, según el siguiente detalle:

Nº Inventario CUPI Descripción del bien
91396 Escritorio de madera 3 cajones
95684 Armario estructural metal
91563 Escritorio de madera 6 cajones
92643 Escritorio de madera 2 cajones
91275 Fichero
91393 Fichero
284774 Escritorio
90178 Escritorio de madera 2 cajones
92361 Escritorio para computación
91479 Cajonera
96396 Escritorio de madera 2 cajones
92677 Armario
91247 Escritorio
Artículo 2°

El responsable de Inventario del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia y el responsable de Inventario de la Dirección General del Servicio Penitenciario dependiente del Ministerio de Seguridad, tomarán nota de lo dispuesto en el presente decreto, con comunicación a Contaduría General de la Provincia.

Artículo 3º

El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros de Gobierno, Trabajo y...

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