Decreto Nro. 754 - 00234477 DACC

EmisorMINISTERIO ECONOMÍA, INFRAESTRUCTURA Y ENERGÍA
Fecha de la disposición21 de Mayo de 2018

MENDOZA, 21 DE MAYO DE 2018

VISTO el expediente Nº EX-2018-00234477-GDEMZA-DACC#MEIYE, en el cual se gestiona la baja del agente de la Dirección de Agricultura y Contingencias Climáticas del Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía, señora MIRIAM ISABEL ROMERO, por haber accedido a los beneficios de la jubilación ordinaria; y

CONSIDERANDO:

Que en el orden 2 se encuentra agregada la renuncia presentada por la citada agente, C.U.I.L. Nº 27-12196532-7, a partir del 15 de febrero de 2018 al cargo de CLASE 011 (Régimen Salarial 05 – Código Escalafonario 1-03-09).

Que en el orden 5 y en el orden 6 se agregan los informes respecto de la situación de revista de la agente de que se trata.

Que por otra parte y de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 12 del Decreto - Acuerdo Nº 109/96, todos los agentes de la Administración Pública Provincial, cuentan con sesenta (60) días hábiles a partir de la fecha de notificada la aceptación de la renuncia, para comunicar a la Caja de Seguro Mutual la continuidad o no de su afiliación al citado organismo.

Por ello, conforme con lo dispuesto en el Artículo 12º del Decreto – Acuerdo 109/96 y lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

D E C R E T A :

Artículo 1º

Téngase por aceptada a partir del 15 de febrero de 2018, la renuncia presentada por la agente de la Dirección de Agricultura y Contingencias Climáticas del Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía, señora MIRIAM ISABEL ROMERO, D.N.I. Nº 12.196.532, C.U.I.L. Nº 27-12196532-7, al cargo de CLASE 011 (Régimen Salarial 05 – Código Escalafonario 1-03-09) de la citada repartición, con motivo de haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria.

Artículo 2º

La agente mencionada en el artículo anterior, en el término de sesenta (60) días hábiles contados a partir de la fecha de notificación de la presente norma legal, deberá comunicar a la Caja de Seguro Mutual de la Provincia su decisión de continuar o no con el beneficio que otorga la citada Institución.

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