Decreto Nro. 679 - REC.DE ALZADA INT. POR LA SRA.ROSA IRENE CHAVES KAPLAN

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición 9 de Mayo de 2017

MENDOZA, 09 DE MAYO DE 2017

Visto el expediente 7930-D-16-00020 y su acumulado 589-D-16-04186 (Tomos I y II), en el cual la Sra. Rosa Irene Chaves Kaplan interpone recurso de alzada; y

CONSIDERANDO:

Que el mencionado recurso cuestiona la legitimidad de los actos administrativos que decidieron la baja del Adicional por Mayor Dedicación en relación a la recurrente;

Que el recurso es formalmente admisible en razón de haber sido interpuesto dentro del término legal establecido en el Art. 180 de la Ley Nº 3909;

Que en relación a la cuestión de fondo, el Decreto-Acuerdo Nº 2701/15 (B.O. 31/12/15), uno de los fundamentos normativos de la baja del adicional, fue emitido el 28 de diciembre de 2015 en razón del estado de emergencia administrativa, fiscal y financiera de la Provincia;

Que de su precisa y profusa motivación surgen las razones tenidas en miras para su dictado:

1- Necesidad de una urgente reorganización de los recursos humanos y materiales con que cuenta el Estado a fin de ponerlos a disposición de un mejor cumplimiento de los fines superiores a que está destinado.

2- Detección, luego de un primer examen sobre la actual distribución del recurso humano en las distintas áreas de la Administración Central y sus Entes Autárquicos y Descentralizados, de una gran disparidad de criterios en la forma en la que se están asignando funciones y tareas dentro de las distintas jurisdicciones, así como sus correspondientes adicionales; e imposibilidad de realizar un diagnóstico certero sobre la situación de revista real de cada agente, ya que los datos que registran las distintas áreas responsables no siempre se condicen con la real prestación que viene desempeñando el agente.

3- Imposibilidad de cualquier política que se intente emprender en materia de organización del empleo público en la Provincia en tal estado de situación.

4- Vigencia de la Ley Nº 8883 que declaró la emergencia admi-nistrativa, fiscal y financiera de la Provincia, disponiendo el Poder Ejecutivo de las herramientas necesarias para conjugar dicha situación de emergencia, en aras de la normalización de sus servicios y una creciente mejora de calidad de sus prestaciones.

Que específicamente en lo que hace al Adicional por Mayor Dedicación, el Decreto-Acuerdo referido expresa:

- A la fecha está vigente el Decreto-Acuerdo Nº 952/15 por el que se dispuso la continuidad de las incorporaciones de agentes al sistema de los Adicionales por Mayor Dedicación, Dedicación de Tiempo Completo, Mayor Horario y en los Suplementos por Subrogancia y Tareas Riesgosas, así como los contratados en Planta Temporaria y bajo los Sistemas de Locación de Obras o Servicios y Honorarios determinados en Horas Módulo Deportivo hasta el 31 de diciembre de 2015, por lo que deberá tomarse una definición sobre el mantenimiento o no de dichas incorporaciones.

- A los efectos de no resentir los servicios que presta el Estado Provincial, es indispensable dar continuidad a las prestaciones de servicios de...

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