Decreto Nro. 345 - EX-2021-4610679-ASCAPITAL

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición 3 de Marzo de 2023

MENDOZA, 03 DE MARZO DE 2023

Visto el expediente EX-2021-04610679--GDEMZA-ASCAPITAL#MSDSYD, en el cual se solicita declarar incobrable la deuda que mantiene la OBRA SOCIAL DE CERAMISTAS, con el Área Sanitaria Capital del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes; y

CONSIDERANDO:

Que en orden 04 del expediente de referencia obra Certificado Oficial del Registro Civil y Capacidad de las Personas, donde consta el extravío de factura por prestación de servicios realizada por la mencionada Área Sanitaria, en el año 2002;

Que con el objeto de ordenar y unificar criterios en materia de procedimientos a adoptar, para el tratamiento de las deudas originadas por prestaciones realizadas en los efectores del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes a Obras Sociales de Medicina Prepaga y Compañías de Seguros, se dictó la Resolución Nº 3157/08 del ex Ministerio de Salud, mediante la cual se permitió depurar los registros de incobrabilidad. En tal sentido los montos adeudados no justifican su gestión de cobro administrativo o judicial, por resultar los mismos antieconómicos por su importe, en relación al costo-beneficio, tal como lo dispone la norma precedentemente citada;

Que el Artículo 98 de la Ley Nº 8706, establece que el Poder Ejecutivo puede declarar, una vez agotados los medios para lograr su cobro y previo dictamen de Fiscalía de Estado, la incobrabilidad de los créditos a su favor, excepto los de naturaleza tributaria, que se rigen por las normas del Código Fiscal;

Por ello, en razón de lo dictaminado por la Subdirección de Asesoría Letrada del Ministerio de Salud...

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