Decreto Nro. 321 - TUTELA SINDICAL DEL DR. CARLOS LUCIO GOMEZ VALDIVIA

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición 9 de Marzo de 2020

MENDOZA, 09 DE MARZO DE 2020

Visto el expediente 106-D-16-77770, en el cual se solicita la exclusión de la tutela sindical del Dr. CARLOS LUCIO GOMEZ VALDIVIA; y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 27 se informa que el agente Gómez Valdivia resultó electo Vocal Titular de la Comisión Ejecutiva de la Asociación Mendocina de los Profesionales de la Salud A.M.Pro.S., por el periodo comprendido entre los años 2017-2021;

Que el Art. 48 de la Ley Nº 23.551 establece: “Los trabajadores que, por ocupar cargos electivos o representativos en asociaciones sindicales con personería gremial, en organismos que requieran representación gremial, o en cargos políticos en los poderes públicos, dejaran de prestar servicios, tendrán derecho a gozar de licencia automática sin goce de haberes, a la reserva del puesto y ser reincorporado al finalizar el ejercicio de sus funciones, no pudiendo ser despedidos durante el término de un (1) año a partir de la cesación de sus mandatos, salvo que mediare justa causa de despido. El tiempo de desempeño de dichas funciones, será considerado periodo de trabajo a todos los efectos, excepto para determinar promedio de remuneraciones;

Que Asesoría de Gobierno en su dictamen 210/14 concluyó que para la validez de la intimación a jubilarse debe hacerse mención al plazo previsto en el Art. 32 de la Ley Nº 6921 que comenzará a correr una vez finalizada la protección que otorga el fuero sindical (periodo de mandato y un año más). Ello es imprescindible para que el emplazamiento sea oponible al agente y para evitar que ese mismo delegado gremial se postule nuevamente durante el plazo de protección del Art. 48 de la Ley de Asociaciones Sindicales;

Que a fs. 18/19 se han agregado las cédulas confeccionadas en los términos señalados ut supra, no obstante hay una demora evidente entre el dictamen jurídico y la notificación en dichos términos. El primero de fecha 19 de junio de 2017 y la notificación con fecha 26 de junio de 2018, fecha en la cual ya se había realizado una nueva elección de autoridades conforme constancias de fs. 28/30;

Que Asesoría de Gobierno aconseja cumplir con el trámite de exclusión de tutela sindical previsto en los Arts. 48 y 50 de la Ley Nº 23.551 a fin de lograr la resolución judicial, que permita intimar válidamente al Dr. CARLOS LUCIO GOMEZ VALDIVIA a iniciar los trámites jubilatorios e impedir una nueva postulación o elección;

Que asimismo tiene dicho nuestra jurisprudencia sobre el tema...

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