Decreto Nro. 3070 - EXPEDIENTE, EX-2019-06914122- -GDEMZA-HLAGOMAGGIORE#MSDSYD

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición17 de Diciembre de 2019

MENDOZA, 17 DE DICIEMBRE DE 2019

Visto el expediente, EX-2019-06914122- -GDEMZA-HLAGOMAGGIORE#MSDSYD en el cual la Subdirectora Administrativa del Hospital Lagomaggiore, solicita un incremento presupuestario para el Financiamiento 18, Aranceles por Servicios de Salud; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Administración Financiera en su artículo 88 prevé la posibilidad de incrementar los recursos por su proyección cuando se tenga la certeza de su realización dentro del ejercicio.

Que se adjunta cálculo de Recaudación Proyectada al 31/12/19 en orden N° 4, IF-2019-06927821-GDEMZA-HLAGOMAGGIORE#MSDSYD por un total de $ 57.611.096,88, certificación de la Proyección en orden N° 5, IF-2019-06927807-GDEMZA-HLAGOMAGGIORE#MSDSYD y dictamen del Departamento de Asesoría Letrada del Hospital Lagomaggiore en orden N°6, IF-2019-06927795-GDEMZA-HLAGOMAGGIORE#MSDSYD.

Por ello, de acuerdo a lo dictaminado por el Departamento de Asesoría Letrada del Hospital Lagomaggiore y la facultad conferida por el artículo 88 de la Ley N° 8706 y artículo 8° inc b) de la Ley 9122, artículo 88 del Decreto Nº 1000/15 y artículo 2° inc b) del Decreto N° 2356/18.

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Modifíquese el Presupuesto de Erogaciones Vigente año 2019, del modo que se indica en la Planilla Anexa I, que forma parte integrante del presente decreto, en la suma de PESOS DIECISEIS MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL NOVENTA Y SEIS CON OCHENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 16.346.096,88).-.

Artículo 2º

Modifíquese el Cálculo de Recursos del Hospital Lagomaggiore del modo que se indica en la Planilla Anexa II, que forma parte integrante del presente decreto, en la suma de PESOS DIECISEIS MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL NOVENTA Y SEIS CON OCHENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 16.346.096,88).-.

Artículo 3º

Las erogaciones que se realicen en base al incremento presupuestario otorgado por este decreto deberán ajustarse en cuanto a su monto y oportunidad a las cifras realmente recaudadas y serán destinadas al fin previsto por la ley de afectación.-.

Artículo 4º

El presente decreto será refrendado por el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas y la Señora Ministra de Salud, Desarrollo Social y...

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