Decreto Nro. 3041 - 2019-6658471-MESA

EmisorMINISTERIO DE ECONOMIA Y ENERGIA
Fecha de la disposición13 de Diciembre de 2019

MENDOZA,13 DE DICIEMBRE DE 2019.

Visto el expediente EX-2019-06658471-GDEMZA-MESA#MEIYE, en el cual se tramita el otorgamiento de un subsidio para la “FUNDACIÓN INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL”; y

Considerando:

Que el presente subsidio es solicitado para atender el correcto funcionamiento y desarrollo de las actividades de la “FUNDACIÓN INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL”;

Que entre las actividades de la misma se encuentran: contribuir al mejoramiento de la calidad de vida en el ámbito rural generando programas que apunten a efectivizar una mayor dinámica de la malla económica de la Provincia de Mendoza, como así también de servir de nexo entre el sector estatal y privado en todos los asuntos vinculados a la actividad agropecuaria;

Que, además, proporciona a los productores rurales herramientas de apoyo tales como investigación, capacitación, integración y diversos estudios, con el fin de mejorar su eficiencia productiva y de incrementar su rentabilidad;

Que también debe proponer, difundir y apoyar las correctas prácticas culturales y medioambientales que permitan la sustentabilidad del medio rural, así como elaborar programas de transformación que incluyan planes de reconversión, educación rural y competitividad;

Que la Provincia de Mendoza a través del ex Ministerio de Economía Infraestructura y Energía, actual Ministerio de Economía y Energía, ha dispuesto otorgar a tal fin un subsidio de Pesos Nueve Millones ($ 9.000.000,00), con cargo de rendir cuentas;

Por ello, conforme con lo dispuesto por la Disposición Nº 7/15 de Contaduría General de la Provincia y lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos del ex Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía, actual Ministerio de Economía y Energía, en Orden Nº 14 y 36 del expediente EX-2019-06658471-GDEMZA-MESA#MEIYE;

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

D E C R E T A:

Artículo 1º

Otórguese a la “FUNDACIÓN INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL” en carácter de subsidio y con cargo de rendir cuentas, la suma de PESOS NUEVE MILLONES ($ 9.000.000,00) para atender el correcto funcionamiento y desarrollo de sus actividades.

Artículo 2º

El gasto que demande lo dispuesto por el presente decreto será atendido por Tesorería General de la Provincia con cargo a la Cuenta General C97001 43104 000 U.G.G. C00001 del Presupuesto...

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