Decreto Nro. 273 - 544-D-2016-30095

EmisorMINISTERIO DE ECONOMIA Y ENERGIA
Fecha de la disposición26 de Febrero de 2020

MENDOZA, 26 DE FEBRERO DE 2020

VISTO el expediente Nº 544-D-2016-30095; y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1° de la Ley Provincial N° 8423 crea la Empresa Mendocina de Energía Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria (E.M.E.S.A.P.E.M.).

Que el artículo 3° de dicho cuerpo legal, establece que la Empresa Mendocina de Energía S.A.P.E.M. tiene como función primordial ejecutar la política energética fijada por los órganos competentes del Estado Provincial y con ello lograr un desarrollo armónico y equilibrado de la matriz energética provincial.

Que la Provincia de Mendoza suscribió con la Secretaría de Energía del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, en fecha 23 de julio de 2013, en el marco del Programa de Estudio del Sector Eléctrico un Convenio Marco y un Convenio Específico Nº 1, destinados al “Estudio de Pequeños Aprovechamientos Hidroeléctricos de la Provincia de Mendoza”, en virtud del cual se relevaron cerca de sesenta y dos (62) saltos de agua pública con potencialidad de generación hidroeléctrica, de hasta una potencia instalada de cinco (5) MW, dichos convenios fueron ratificados mediante Decreto Nº 1772/2013 de la Provincia de Mendoza.

Que con fecha 17 de Mayo de 2016, el MEyM emitió la Resolución Nº 71/2016 que abrió la “Convocatoria a Licitación para Contratación de Energías Renovables” denominado Programa RenovAr (ronda 1), poniendo a disposición de los interesados la versión del pre-pliego de bases y condiciones y mediante Resolución Nº 136/2016 se instruyó a CAMMESA realizar la mencionada Convocatoria abierta Nacional e Internacional para la calificación y eventual adjudicación de ofertas.

Que el modelo de desarrollo previsto en el Pliego de Bases y Condiciones del PROGRAMA RENOVAR, impuso la necesidad de constituir una Sociedad de Propósito Especifico (SPE) por cada proyecto, que titulizara los activos del mismo, de manera de facilitar su financiamiento, mediante modelos asociativos que brinden mayor seguridad jurídica a los inversores.

Que el Pliego de Bases y Condiciones del PROGRAMA RENOVAR, requería que la SPE contara con las autorizaciones ambientales referidas al proyecto; la concesión del recurso hídrico para generación durante el plazo de duración del contrato de abastecimiento; la autorización del Departamento General de Irrigación para el uso no consuntivo del agua pública autorizando la existencia de caudales disponibles para...

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