Decreto Nro. 253 - EX 2022-08067526-DGSERP

EmisorMINISTERIO SEGURIDAD
Fecha de la disposición23 de Febrero de 2023

MENDOZA, 23 DE FEBRERO DE 2023

Visto el Expediente Electrónico N° EX–2022-08067526-GDEMZA-DGSERP#MSEG; y

CONSIDERANDO:

Que en las citadas actuaciones administrativas se tramita la aprobación del Convenio de Adecuación de Precios, Reconocimiento de Deuda y Pago, celebrado entre la Provincia de Mendoza representada por el Sr. Ministro de Seguridad, Lic. Raúl Levrino y la empresa Clisa Interior S.A. representada por el Sr. Daniel Emir Sat, el día 19 de enero del 2023;

Que mediante Decreto N° 1494/2022, la Empresa resultó adjudicataria de la Licitación Pública autorizada mediante Decreto N° 422 de fecha 06 de abril de 2022, para la adquisición de cuatro millones de raciones alimentarias;

Que en orden 02 obra Nota por la cual el apoderado de Clisa Interior S.A., Sr. Daniel E. Sat solicita adecuación del precio de la ración a partir de los servicios a prestar desde el 01/11/2022 en adelante y/o nueva adecuación, sobre la licitación de referencia, originado en los mayores costos que tienen que afrontar a diario, para continuar con la misma prestación de servicios contratada, dado el exagerado, extraordinario e imprevisible cambio económico financiero en el país, con una feroz inflación, en la misma nota se exponen los motivos y se acompaña propuesta en tres tramos, desde el 01/11/2022, desde el 01/12/2022 y desde el 01/01/2023;

Que en orden 12 obra INFORME TÉCNICO CONTABLE suscripto en forma conjunta por el Coordinador Administrativo Contable, el Director General del Servicio Penitenciario Provincial y el Director General de Administración del Ministerio de Seguridad que expresa: “...Dicha petición es requerida que sea aplicada en 3 tramos o rangos: desde el 01/11/2022 al 30/11/2022 período en el cual la empresa ajusta completamente todos los componentes de su estructura de costos; desde el 01/12/2022 al 31/12/2022 donde solo se ajusta el componente mano de obra dentro de su estructura de costos y desde el 01/01/2023 en adelante con ídem ajuste al período anterior, debido a distintas causales invocadas y que se pueden observar en el orden 02.// // De lo expuesto la empresa determina, en base a sus cálculos, que el precio adecuado para el 1er. tramo sería $1625,91, el precio adecuado para el 2do. tramo sería de $1697,55 y el precio del 3er. tramo en adelante sería de $1752,31...” (se agrega cuadro). “Asimismo, se debe mencionar como dato más significativo que la empresa plantea, en su Anexo I de orden 03, una estructura de costos de donde determina las variaciones que, si bien mantienen los componentes presentados oportunamente en la oferta, en esta adecuación ha procedido a darle movilidad al 8% de la utilidad en cada período que se pretende adecuar, sin mantenerla fija en pesos tal cual lo especifica el Pliego de Condiciones Particulares en su Sección A punto 2. También es importante destacar que en este requerimiento de adecuación la empresa manifiesta que se da por cumplido el “Sacrificio Compartido”, toda vez que han mantenido el servicio con precios invariables durante 6 meses, siendo el costo soportado, correspondiente a los aumentos de la materia prima, mano de obra y gastos, de $436.854.791,48, tomando a este valor la representatividad del sacrifico compartido por parte de Clisa Interior S.A., solicitando que se permita la variación de la utilidad dejando de ser este el componente del sacrificio compartido”.... “ANALISIS DE LA PROPUESTA: Como primer medida, la administración penitenciaria coincide ampliamente con el planteo de la Empresa Clisa Interior S.A. respecto a las fluctuaciones ascendentes producidas sobre las variables macroeconómicas y el contexto financiero reinante mes a mes en el que el Estado también se encuentra inmerso y no es ajeno; como así también es loable destacar que el precio presentado como oferta inicial al día de la apertura (04/05/2022) y finalmente adjudicado el 01/09/2022, la empresa lo mantuvo invariable hasta el día de la fecha y solo ha solicitado adecuación de precios y su tramitación de las raciones consumidas desde el 01/11/2022, pudiendo este requerimiento haberse planteado o producirse desde el compromiso definitivo, lo que se podría configurar un ahorro para el Ejecutivo Provincial. La administración bajo ningún concepto podrá permitir la variación en el componente UTILIDAD de la Estructura de Costos, debido a que fue un requerimiento exigido en el Pliego de Condiciones Particulares: “El proveedor adjudicatario durante la vigencia de la licitación, podrá requerir la apertura de un proceso de adecuación de precios, presentando una propuesta Técnica–Económica justificando las fluctuaciones inflacionarias que sufran los ítems materia prima (surgidas de la Dirección de Estadísticas e Investigaciones Económicas D.E.I.E de la Provincia de Mendoza para el Rubro Alimentos y Bebidas),Remuneraciones //// (los aumentos en las escalas salariales de los convenios colectivos de UTHGRA y Cámaras Empresariales) y Gastos Generales (variación del Índice de Precios al Consumidor Nivel General Región Cuyo del INDEC)...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR