Decreto Nro. 2445 - EX-2019-5358116-GDEMZA-MGTYJ

EmisorMINISTERIO GOBIERNO, TRABAJO Y JUSTICIA
Fecha de la disposición25 de Octubre de 2019

MENDOZA, 25 DE OCTUBRE DE 2019

Visto el Expediente EX-2019-05358116-GDEMZA-MGTYJ, en el cual se tramita la ratificación del CONVENIO suscripto en los autos Nº 87.130, caratulados "COLLATTI SALVADOR ANTONIO C/GOB. DE MENDOZA - MINISTERIO DE SEGURIDAD P/EJEC. TÍPICA" ; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Nº 1188/11, el Ministerio de Seguridad reconoció la indemnización reclamada por el agente Collatti Salvador, por la suma de $ 173.191,81, ante la falta de pago, el administrado inició las actuaciones judiciales y se trabó embargo por la suma de $ 225.149,35, por lo que se dedujo incidente de desembargo;

Que mientras el mismo se sustanciaba la suma embargada fue impuesta a plazo fijo, el que al mes de junio de 2019 asciende a la suma de $ 457.253,90;

Que en fecha 18/09/15 fue depositada en el expediente la suma de $ 173.191,81;

Que practicada la liquidación la misma arrojaba un saldo insoluto de $ 160.383 al día 09 de octubre de 2015, la que fue aprobada mediante Resolución judicial y cuyo pago fue reconocido mediante Decreto Nº 2170/19;

Que se trabó nuevo embargo por la suma de $ 163.383 el día 15 de julio de 2019;

Que el Convenio suscripto, cuya ratificación se tramita, se acordó el pago de la suma adeudada, previa liquidación producida, la que arroja un saldo insoluto de $ 387.000, el que será cancelado mediante el pago de la suma reconocida por Decreto Nº 2170/19 y el saldo con las sumas embargadas e impuestos a plazo fijo, no exigiendo el Convenio celebrado de nuevas erogaciones o imputaciones presupuestarias;

Que a tal efecto se celebró el Convenio el día 1º de octubre de 2019 en el Tribunal de Gestión Judicial Asociada en lo Civil, Comercial y Minas Nº 3 del Poder Judicial de Mendoza, suscripto entre la Dra. MARÍA JOSÉ MARTÍNEZ VILA por la parte actora, el Dr. RICARDO CANET con el patrocinio letrado de la DRA. MARÍA DEL VALLE NANCLARES, en representación de la parte demandada y por Fiscalía de Estado, el DR. ELISEO VIDART;

Por ello...

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