Decreto Nro. 2327 - EX-2019-04540423-GDEMZA-MESA#MEIYE

EmisorMINISTERIO ECONOMÍA, INFRAESTRUCTURA Y ENERGÍA
Fecha de la disposición11 de Octubre de 2019

MENDOZA, 11 DE OCTUBRE DE 2019.

Visto el expediente N° EX-2019-04540423-GDEMZA-MESA#MEIYE, vinculado con la solicitud por parte de la Empresa NAUCO ENERGIA S.A., propiedad de SKRU S.A., del permiso para la generación de energía eléctrica a partir del uso de recursos hídricos; y

CONSIDERANDO:

Que la Provincia otorgó la concesión de uso hidroeléctrico, para el Pequeño Aprovechamiento Hidroeléctrico Salto Nº 40 – Canal Cacique Guaymallén, a la Sociedad de Propósito Específico creada por EMESA, NAUCO ENERGIA S.A. a través de la Resolución Nº 1250 del 20 de Septiembre de 2017 del Departamento General de Irrigación y Decreto Nº 2002 del Poder Ejecutivo Provincial de fecha 17 de Octubre de 2017. Dicha sociedad es hoy propiedad de SKRU S.A. que ha suscripto con EMESA un acuerdo irrevocable de transferencia del paquete accionario contra la adjudicación del proyecto que ha tenido lugar en el marco de la Ronda 2 del Programa Renovar.

Que en forma extemporánea el Departamento General de Irrigación manifestó la necesidad de reformular el proyecto, previendo que no haya elementos electromecánicos dentro del Canal Cacique Guaymallén lo cual ha tornado inviable la ejecución del Salto 40, deviniendo en abstracto la concesión dispuesta.

Que la firma SKRU S.A., atento a la Resolución Nº 292/2018 del ex Ministerio de Energía de la Nación, que habilitó la opción de relocalizar Contratos de Abastecimiento, lo cual permitiría conservar el Contrato obtenido en un nuevo emplazamiento, propone reemplazar el proyecto original al igual que su denominación por “Pequeño Aprovechamiento Hidroeléctrico Canal Matriz Diamante – Salto Partidor Principal (PAH CMD-SPP)” a fin de no perder el Contrato adjudicado por Nación.

Que en orden 5 obra Resolución Nº 1041 del 21 de Agosto emitida por el Departamento General de Irrigación mediante la cual se autoriza el permiso de uso no consuntivo del recurso hídrico a los fines de generar energía hidroeléctrica por medio del Proyecto “Pequeño Aprovechamiento Hidroeléctrico Canal Matriz Diamante – Salto Partidor Principal (PAH CMD-SPP)”, a abastecerse del Canal Matriz Diamante, a favor de la Provincia de Mendoza en su carácter de titular del dominio de las aguas y autoridad concedente de explotación, dejándose registralmente constancia marginal de la Firma SKRU S.A.

Que en orden 2 obra nota del Director de la firma SKRU S.A., mediante la cual solicita se le otorgue, a...

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