Decreto Nro. 2270 - EX-2021-06526805-GDEMZA-DRNR#SAYOT

EmisorMINISTERIO DE PLANIFICACION E INFRAESTRUCTURA PUBLICA
Fecha de la disposición30 de Diciembre de 2021

MENDOZA, 30 DE DICIEMBRE DE 2021.

VISTO el Expediente N° EX-2021-06526805-GDEMZA-DRNR#SAYOT, en el cual se gestiona el reconocimiento y pago del “adicional permanencia en el cargo” contemplado en el artículo 18 pto. d) del Decreto N° 2528/2015 (Régimen de la Secretaría de Ambiente Nro. 35, puesto en vigencia por Acuerdo Paritario de fecha 17 de febrero de 2017, homologado por Decreto N° 196/2017 y ratificado por Ley N°8958), a favor de diversos agentes de la Dirección de Recursos Naturales Renovables de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial; y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 2528 de fecha 04/12/2015, se homologó Acta Acuerdo celebrada en fecha 12/11/2015 mediante la cual se aprueba el Escalafón para el personal del ex Ministerio de Tierras, Ambiente y Recursos Naturales, hoy Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial. Dicho escalafón fue puesto en vigencia a partir del mes de Marzo de 2017, según Acta Acuerdo Paritaria de fecha Febrero de 2017, homologada por Decreto Nº 196/2017 y ratificada por Ley Nº 8958. El “Adicional Permanencia en el Cargo” fue establecido por el Artículo 18 pto. d) del Escalafón y en su anexo determina porcentajes y forma de cómputo.

Que se tramita el reconocimiento y otorgamiento del “Adicional Permanencia en el Cargo” correspondiente al Régimen 35 del personal de la Dirección de Recursos Naturales Renovables de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial que ingresaron durante el ejercicio 2018: LAURA ANALÍA RECABARREN, MARÍA FLORENCIA LUZURIAGA, DENIS ADRIÁN ALFARO, CARLOS ARGUMEDO y CRISTINA E. RODRIGUEZ.

Que en orden 31 obra informe de la Contaduría General de la Provincia otorgando el Visto Bueno a los cálculos de orden 25 a 29 y a los cálculos de la economía de orden 24.

Que en orden 43 obra la autorización de la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Finanzas, para realizar la desafectación solicitada.

Por ello y en virtud de lo dispuesto por Ley Nº 8958 ratificatoria del Decreto Nº 196/2017, Ley N° 9062 ratificatoria del Decreto N 2776/2017, los Artículos 25, 26 y 27 de la Ley N° 9278, Artículos 11, 12, 13 y 27 del Decreto Acuerdo N° 150/2021 y lo dictaminado por las Asesorías Legales de la Dirección de Recursos Naturales Renovables y la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Lo dispuesto en el presente decreto...

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