Decreto Nro. 2201 - DEUDA INCOBRABLE HOSPITAL NOTTI

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición 7 de Noviembre de 2017

MENDOZA, 07 DE NOVIEMBRE DE 2017

Visto el expediente 6217-H-13-04238, en el cual se solicita declarar incobrable la deuda que mantiene la OBRA SOCIAL DE PETROLEROS (OSPE) con el Hospital Pediátrico “Dr. Humberto J. Notti”, y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 13 y 130 obran facturas y documentación que avalan las sumas de las prestaciones adeudadas a la Obra Social de Petroleros (OSPE);

Que con el objeto de ordenar y unificar criterios en materia de procedimientos a adoptar, para el tratamiento de las deudas originadas por prestaciones realizadas en los efectores del Ministerio de Salud a Obras Sociales, de Medicina Prepaga y Compañías de Seguros, se dictó la Resolución Nº 3157/08 del Ministerio de Salud, mediante la cual se permitió depurar los registros de incobrabilidad. En tal sentido los montos adeudados no justifican su gestión de cobro administrativo o judicial, por resultar los mismos antieconómicos por su importe, en relación al costo-beneficio, tal como lo dispone la norma precedentemente citada;

Que el artículo 98 de la Ley Nº 8706, establece que el Poder Ejecutivo puede declarar, una vez agotados los medios para lograr su cobro y previo dictamen de Fiscalía de Estado, la incobrabilidad de los créditos a su favor, excepto los de naturaleza tributaria, que se rigen por las normas del Código Fiscal;

Que conforme lo expresado en el párrafo precedente, el efector ha agotado las gestiones necesarias para el cobro extrajudicial del monto adeudado;

Que a fs. 149/151 obra Resolución Nº 225/15, del Hospital Pediátrico “Dr. Humberto J. Notti”, declarando la incobrabilidad de la deuda que la Obra Social de Petroleros (OSPE), mantiene con el mencionado nosocomio;

Por ello, en razón de lo dictaminado por Fiscalía de Estado y lo dispuesto por el Art. 98 de la Ley N° 8706,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DEC...

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