Decreto Nro. 2190 - EX -21-01412621-CGPROV#MHYF

EmisorMINISTERIO HACIENDA Y FINANZAS
Fecha de la disposición23 de Diciembre de 2021

MENDOZA, 23 DE DICIEMBRE DE 2021.

Visto el expediente Nº EX-2021-01412621--GDEMZA-CGPROV#MHYF; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto N° 1867 de fecha 30 de diciembre de 2020, cuya copia obra en el Orden Nº 17 – páginas 17/19 del expediente N° EX-2021-01412621--GDEMZA-CGPROV#MHYF, le fue reconocido el Adicional por Título correspondiente a la diferencia de haberes entre el Título Secundario y Universitario, por el período comprendido entre el 1º de julio de 2019 y hasta el 30 de diciembre de 2020, al C.P. DANIEL HUMBERTO LUCERO, C.U.I.L. Nº 20-33801189-0, Clase 011 – Personal Profesional, Código Escalafonario: 36-3-02-01, de la U.O.: 03 – Contaduría General de la Provincia del Ministerio de Hacienda y Finanzas.

Que en el expediente de referencia, el C.P. LUCERO solicita que se le abonen los intereses correspondientes al pago retroactivo por la presentación de su Título Universitario.

Que en el Orden Nº 21 del expediente N° EX-2021-01412621--GDEMZA-CGPROV#MHYF, Contaduría General de la Provincia otorga el Visto Bueno a los cálculos de Orden Nº 17 del citado expediente, por un importe total equivalente a la suma de PESOS CIENTO VEINTE MIL DOSCIENTOS SIETE ($ 120.207,00), en concepto de intereses.

Por ello, en virtud de lo dispuesto por los Artículos 14, 25 y 26 de la Ley Nº 9.278 y Artículos 7º, 11 y 12 del Decreto-Acuerdo Nº 150/21 y atento lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Hacienda y Finanzas en el Orden Nº 37 y por Fiscalía de Estado en el Orden Nº 57, ambos del expediente N° EX-2021-01412621--GDEMZA-CGPROV#MHYF,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

D E C R E T A:

ARTÍCULO 1°

Exceptúese el presente decreto del congelamiento dispuesto por el Artículo 25 de la Ley N° 9.278.

ARTÍCULO 2°

Reconózcase de legítimo abono la suma de PESOS CIENTO VEINTE MIL DOSCIENTOS SIETE ($ 120.207,00), correspondiente a la liquidación de intereses por el capital oportunamente reconocido y abonado, mediante Decreto Nº 1867/20, a favor del C.P. DANIEL HUMBERTO LUCERO, C.U.I.L. Nº 20-33801189-0...

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