Decreto Nro. 2159 - EX-2022-07737473- -GDEMZA-HLAGOMAGGIORE#MSDSYD

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición18 de Noviembre de 2022

MENDOZA, 18 DE NOVIEMBRE DE 2022

Visto el expediente EX-2022-07737473- -GDEMZA-HLAGOMAGGIORE#MSDSYD, en el cual el Hospital Lagomaggiore, solicita un incremento presupuestario para el Financiamiento 18, Aranceles por Servicios de Salud; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Administración Financiera en su artículo 88 prevé la posibilidad de incrementar los recursos por su proyección cuando se tenga la certeza de su realización dentro del ejercicio.

Que se adjunta cálculo de Recaudación Proyectada por la Contaduría del nosocomio al 31/12/22 en orden N°3, IF-2022-07740823-GDEMZA-HLAGOMAGGIORE#MSDSYD, por un total de $ 154.278.954,23 determinándose un incremento por $ 57.070.245,23 y dictamen de Asesoría Letrada del Hospital Lagomaggiore en orden Nº 6, IF-2022-07742713-GDEMZA-HLAGOMAGGIORE#MSDSYD.

Por ello, de acuerdo a lo dictaminado por el Departamento de Asesoría Letrada del Hospital Lagomaggiore y la facultad conferida por el artículo 88 de la Ley N° 8.706 y artículo 88 del Decreto Nº 1.000/15.

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Modifíquese el Presupuesto de Erogaciones Vigente año 2022, del modo que se indica en la Planilla Anexa I, que forma parte integrante del presente decreto, en la suma de PESOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES SETENTA MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON VEINTITRES CENTAVOS ($ 57.070.245,23).

Artículo 2º

Modifíquese el Cálculo de Recursos del Hospital Lagomaggiore del modo que se indica en la Planilla Anexa II que forma parte integrante del presente decreto, en la suma de PESOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES SETENTA MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON VEINTITRES CENTAVOS ($ 57.070.245,23).

Artículo 3º

Las erogaciones que se realicen en base al incremento presupuestario otorgado por este decreto deberán ajustarse en cuanto a su monto y oportunidad a las cifras realmente recaudadas y serán destinadas al fin previsto por la ley de afectación.

Artículo 4º

El presente decreto será refrendado por el Señor...

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