Decreto Nro. 2144 - EXPTE. 8384-D-2018-20108-

EmisorMINISTERIO GOBIERNO, TRABAJO Y JUSTICIA
Fecha de la disposición 4 de Diciembre de 2018

MENDOZA, 04 DE DICIEMBRE DE 2018

Visto el expediente N° 8384-D-2018-20108, en el cual se tramita la aceptación de un rodado cedido sin cargo por la Secretaría General de la Presidencia de la Nación a favor de la Gobernación de la Provincia de Mendoza y su afectación al Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes; y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 03/04 obra Resolución Nº RESOL-2018-715-APN-SGP del Secretario General de la Presidencia de la Nación disponiendo ceder sin cargo a la Gobernación de la Provincia de Mendoza, un vehículo tipo furgón, marca FORD, modelo ECOLINE RV CUTAWAY, año de fabricación 1999, motor Nº B60708 y chasis Nº 1FDWE30F7XHB60708;

Que a fs. 05/06 obra Disposición Nº 717/2017 (AD MEND) del Jefe Departamento Aduana de Mendoza, poniendo a disposición de la SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN la mercadería detallada en el Anexo I de la citada Disposición;

Que el artículo 5º de la Ley Nacional Nº 25.603 y su modificatoria establece que cuando se trate de mercadería que por su naturaleza resulte apta para el debido cumplimiento de las actividades específicas asignadas a los diversos organismos del Estado nacional, el servicio aduanero las pondrá a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación para que sea afectada para su utilización por la repartición correspondiente;

Que a fs. 08 del expediente de referencia obra nota de aceptación del bien cedido sin cargo por el Sr. Gobernador de la Provincia de Mendoza para ser asignado al Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes;

Que el artículo 124 de la Ley de Administración Financiera Nº 8.706 establece que los bienes deben destinarse al uso o consumo para el que fueron adquiridos. Toda transferencia posterior o cambio de destino deberá formalizarse mediante acto administrativo en las condiciones que establezca la reglamentación;

Que la Disposición Nº 15/2017 de la Contaduría General de la Provincia de Mendoza aprueba un instructivo sobre la valuación de los bienes patrimoniales del Estado;

Que el artículo 123º del Decreto Nº 1000/2015 reglamentario de la Ley Nº 8.706 dispone que las reparticiones comprendidas en el artículo 4º de la mencionada ley, deberán llevar un registro contable actualizado de los automotores (entre otros bienes); debiendo contar con la documentación de respaldo tales como el título automotor, tarjeta verde y toda otra documentación correspondiente...

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