Decreto Nro. 2110 - RECONOCIMIENTO DEUDA LIC.CRISTINA ELIZABETH MARTIN

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición 1 de Noviembre de 2017

MENDOZA, 01 DE NOVIEMBRE DE 2017.

Visto el expediente 983-D-16-04238, en el cual se tramita el reconocimiento deuda en concepto de SUPLEMENTO POR SUBROGANCIA – Clase 008 – Cód. Esc. 27-3-04-07, oportunamente reclamado por la Lic. CRISTINA ELISABET MARTIN, quien cumplió funciones en el Hospital Pediátrico “Dr. Humberto J. Notti”; y

CONSIDERANDO:

Que la mencionada profesional reclama el pago de diferencias salariales correspondientes al Suplemento por Subrogancia de Clase 008, por el periodo en el que se desempeñó como Jefe del Servicio de Salud Mental del Hospital Pediátrico “Dr. Humberto J. Notti”, desde la fecha en que fue designada mediante Resolución Nº 1745/14 del mencionado nosocomio, obrante a fs. 02/03, hasta la fecha en que se acogió al beneficio jubilatorio, dándose por finalizada la relación de empleo público, mediante Resolución Nº 281/17 de la citada entidad, obrante a fs. 04 del expediente de referencia;

Que a fs. 26 obran los cálculos efectuados por la Jefa de la División Remuneraciones del Departamento de Recursos Humanos del Hospital Pediátrico “Dr. Humberto J. Notti con el Visto Bueno de su Director Ejecutivo;

Que a fs. 36/40 se agregan constancias de la sentencia recaída en autos Nº 252.486, caratulados “MARTIN CRISTINA ELISABET C/HOSPITAL DR. HUMBERTO NOTTI P/ACCION DE AMPARO”;

Que se ha dado cumplimiento en las presentes actuaciones con el trámite requerido en el Art. 16 de la Ley Nº 8930 y su Decreto Reglamentario Nº 1927/16;

Por ello, en razón de lo dictaminado por Asesoría de Gobierno a fs. 53/55 y vta. y por la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes a fs. 72/73 y vta. del expediente 8052-D-14-00020,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Autorícese a los Servicios Administrativos del Hospital Pediátrico “Dr. Humberto J. Notti” a abonar la suma de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON SETENTA Y DOS CENTAVOS ($ 294.589,72) en concepto de diferencias salariales correspondientes al...

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