Decreto Nro. 2051 - SUBSIDIO A FAVOR DEL INSTITUTO DE DOCENCIA ,INVESTIGACIÓN Y CAPACITACIÓN LABORAL DE LA SANIDAD

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición23 de Noviembre de 2018

MENDOZA, 23 DE NOVIEMBRE DE 2018

Visto el expediente EX-2018-02097139—GDEMZA-SEGE#MSDSYD, en el cual se solicita se otorgue un subsidio por la suma total de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000,00), a favor del INSTITUTO DE DOCENCIA, INVESTIGACIÓN Y CAPACITACION LABORAL DE LA SANIDAD, con destino a solventar gastos que demande el funcionamiento de la Institución para la formación y capacitación gratuita del personal de Enfermería, Técnicos, Administrativos y de Servicios Generales que desempeñan funciones en el Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes.

Por ello, habiéndose diligenciado el pertinente volante de imputación preventiva, lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes y de acuerdo a lo establecido por el Decreto-Acuerdo N° 4096/07, Arts. 107 y 109 de la Ley N° 8706, Decreto N° 1000/15, Disposición N° 7/15 de la Contaduría General de la Provincia, y Acuerdo N° 2514/97 (Texto Ordenado Acuerdo 6374/17 y modificatorio) del Honorable Tribunal de Cuentas,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Autorícese a la Dirección General de Administración de Salud del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes a transferir en carácter de subsidio, la suma total de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000,00), a favor del INSTITUTO DE DOCENCIA, INVESTIGACIÓN Y CAPACITACION LABORAL DE LA SANIDAD, con destino a solventar gastos inherentes al normal funcionamiento de la Institución, según nota del Presidente del Instituto de orden 02, informe de la Dirección General de Administración de Salud de orden 12, V° B° de la Sra. Ministra de Salud, Desarrollo Social y Deportes de orden 14, volante de imputación preventiva de orden 18, con firma de autoridad competente de orden 33 y V° B° de la Subdirección de Servicios Administrativos - Contaduría General de la Provincia de orden 36, certificado de habilitación para percibir subsidios de SIDICO de orden 19 con V° B° de la Contaduría General de la Provincia de orden 49, reporte de SIDICO de cargos por subsidio de orden 20, documentación y certificaciones de la Institución y del Presidente de órdenes 23 a 32 y 45, constancia de cumplimiento fiscal ATM de orden 46 y constancia de inscripción en AFIP de orden 47 del expediente EX-2018-02097139—GDEMZA-SEGE#MSDSYD.

Artículo 2º

El subsidio autorizado precedentemente, será abonado por Tesorería General de la...

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