Decreto Nro. 2044 - EXP. Nº: 10808-D-2017-20108.

EmisorMINISTERIO GOBIERNO, TRABAJO Y JUSTICIA
Fecha de la disposición23 de Octubre de 2017

MENDOZA, 23 DE OCTUBRE DE 2017

Visto el Expediente Nº 10808-D-2017-20108; y

CONSIDERANDO:

Que en las actuaciones del visto los Señores Asesor de Gobierno y Fiscal de Estado solicitan se dicte la correspondiente instrucción al primero para deducir la acción reivindicatoria prevista por los Artículos 2247, 2252, concordantes y consecuentes del Código Civil y Comercial de la Nación, a fin de obtener judicialmente el recupero del inmueble individualizado en el Plano de Mensura 01-41196 de la Dirección Provincial de Catastro;

Que el citado inmueble es parte de uno de mayor extensión que se encuentra inscripto a nombre del Gobierno de la Provincia de Mendoza en la Dirección de Registros Públicos y Archivo Judicial al Nº 19.129, fs. 969, Tomo 38-E de Ciudad Oeste y que ubica en los terrenos que fueran pertenencia del ex Ferrocarril Trasandino, transferidos gratuitamente por el Estado Nacional mediante las Leyes N° 12.969 y N° 16.495;

Que en virtud de lo expuesto, corresponde disponer las medidas idóneas para la preservación del legítimo derecho de dominio de la Provincia de Mendoza, instruyendo al Asesor de Gobierno a fin de que, con la debida participación del Fiscal de Estado, interponga ante la justicia provincial la correspondiente acción ordinaria de reivindicación;

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 128 de la Constitución de la Provincia de Mendoza,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

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