Decreto Nro. 203 - EX-2021-02856148-GDEMZA-CCC
Emisor | MINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES |
Fecha de la disposición | 22 de Febrero de 2023 |
MENDOZA, 15 DE FEBRERO DE 2023
Visto el expediente EX-2021-02856148-GDEMZA-CCC, en el cual la Dra. ÉRICA GRISELDA PROVENZANO, interpone Recurso de Alzada contra la Resolución Nº DNFRE-2020-764-E-GDEMZA-DGP#MSDSYD -rectificada por Resolución Nº DNFRE-2021-406-E-GDEMZA-DGP#MSDSYD, ambas emanadas de la Dirección General de Protección de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes; y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº DNFRE-2020-764-E-GDEMZA-DGP#MSDSYD -tramitada mediante expediente 4173-D-2017-77739, el cual se encuentra digitalizado en orden 7 -Archivos de Trabajo, órdenes 1/82- del expediente EX-2021-02856148-GDEMZA-CCC, se rechazó el reclamo administrativo mediante el cual, la Dra. Érica Griselda Provenzano, solicitó el reconocimiento y pago del Adicional “COSE”, previsto en el Art. 4º de la Ley Nº 7259 (Ítem 017) reglamentado por el Art. 6° del Decreto N° 473/05, en el marco de lo establecido por la Resolución N° 2885/16-MSDSyD.
Que por Resolución N° 2885/16-MSDSyD, se estableció que las funciones que se desarrollan en el Hogar de Atención Primaria para Niños y Adolescentes (APNyA) y en el Hogar de Tránsito N° 2, dependientes de la Dirección General de Protección de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes del citado Ministerio, son de idéntica naturaleza que las de la Dirección de Responsabilidad Penal Juvenil, según lo establecido en la Ley N° 8550. Asimismo se determinó que el personal que cumpla dichas funciones en los mencionados Hogares, se equipara a las tareas cumplidas por el personal de la Dirección de Responsabilidad Penal Juvenil.
Que la Resolución Nº DNFRE-2020-764-E-GDEMZA-DGP#MSDSYD, se generó en cumplimiento de la sentencia recaída en autos N° 13-05339590-7 “PROVENZANO ERICA GRISELDA C/ DIRECCIÓN GENERAL DE PROTECCIÓN DE DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES (DGP – EX DINAF) P/ ACCIÓN DE AMPARO”, donde se resolvió hacer lugar a la acción de amparo por urgimiento interpuesta por la mencionada agente y se ordenó a la referenciada Dirección, la ejecución de los actos necesarios, a los efectos de resolver y emitir resolución definitiva.
Que la agente Érica Griselda Provenzano, fundamenta su reclamo, atento las funciones que desempeña como odontóloga, en el Servicio de Odontología del Micro-hospital de la Dirección General de Protección de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes del citado Ministerio. En el mismo se atienden permanentemente, niños, niñas y...
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