Decreto Nro. 1961 - MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA DIRECCIÓN GENERAL DE PRESUPUESTO

EmisorMINISTERIO HACIENDA Y FINANZAS
Fecha de la disposición29 de Agosto de 2019

MENDOZA, 29 DE AGOSTO DE 2019.

Visto el EX-2019-04504367- -GDEMZA-DGPRES#MHYF y la necesidad de efectuar reestructuraciones presupuestarias entre Jurisdicciones, en el marco legal de los artículos - 9° inc. d) y 11 inc. d) de la Ley Nro. 9122 y 3° y 4° del Decreto Acuerdo 2356/18; y artículo 15 del Decreto Acuerdo Nro. 2316/18; y

CONSIDERANDO:

Que el Poder Ejecutivo se encuentra facultado por la Ley de Presupuesto a realizar reestructuraciones presupuestarias cuando así lo considere conveniente;

Que existe saldo disponible en el Ministerio de Hacienda y Finanzas, con financiamiento rentas generales, el cual puede destinarse a cubrir parte de las necesidades presupuestarias planteadas por distintas Jurisdicciones, en la misma partida y grupo de insumo;

Que por otro lado y efectuado proyecciones de los recursos se observa que existiría al cierre del ejercicio una mayor recaudación estimada en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos; siendo dicha mayor recaudación destinada a terminar de cubrir los déficit presupuestarios planteados y estimados;

Que en dicha reestructuración de créditos entre Jurisdicciones se realiza una adecuación del ritmo del gasto en el marco del artículo 15 del Decreto Acuerdo Nro. 2316/18 para algunas partidas y como consecuencia de lo dispuesto por el artículo 4° del Decreto Acuerdo 8/01;

Por ello, de acuerdo con lo establecido por los Artículos Nº 9° inc. d) y 11 inc. d) de la Ley Nº 9122 y Artículos Nº 3° - 4° y 27 del Decreto-Acuerdo Nº 2356/18 y 15 del Decreto Acuerdo Nro. 2316/18 y artículo 4° del Decreto Acuerdo 8/01;

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Modifíquese el Presupuesto de Erogaciones Vigente año 2019, del modo que se indica en la Planilla Anexa I, que consta de dos (2) fojas y que forma parte integrante de la presente norma legal, debiendo considerarse aumentado en la suma de PESOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO CON OCHENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 1.472.934.935,84) y disminuido en la suma de PESOS CIENTO OCHENTA Y SIETE MILLONES CIENTO VEINTITRES MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO CON OCHENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 187.123.935,84).

Artículo 2º

Modifíquese el Presupuesto de Erogaciones Figurativas año 2019, del modo que se indica en la Planilla Anexa II, que forma parte integrante de la presente norma legal, debiendo...

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