Decreto Nro. 1842 - EX-2020-04394589--GDEMZA-ASMALARGÜE#MSDSYD

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición30 de Diciembre de 2020

MENDOZA, 30 DE DICIEMBRE DE 2020

Visto el expediente EX-2020-04394589--GDEMZA-ASMALARGÜE#MSDSYD, en el cual se solicita la ampliación del Decreto Nº 1421 de fecha 11 de noviembre de 2020, mediante el cual se designó interinamente a Da. MARÍA BELÉN PÉREZ, en el Área Sanitaria Malargüe del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes; y

CONSIDERANDO:

Que se omitió incluir en el Decreto Nº 1421/20 el Artículo por el cual se incorpora a Da. María Belén Pérez en el Suplemento por Zona, según lo informado en orden 46;

Que se trata de un vicio leve susceptible de enmienda, en los términos de los Arts. 77 y 78 de la Ley de Procedimiento Administrativo Nº 9003;

Por ello, en razón de lo solicitado por la Subdirección de Personal del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes;

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

D E C R E T A:

Artículo 1º

Amplíese el Decreto Nº 1421 de fecha 11 de noviembre de 2020, mediante el cual se designó interinamente a Da. MARÍA BELÉN PÉREZ en el Área Sanitaria Malargüe del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes, incorporando en su articulado, el siguiente texto:

Artículo 6º- Incorpórese a Da. MARÍA BELÉN PÉREZ, DNI Nº 34.927.534, CUIL Nº 27-34927534-7, en el Suplemento por Zona del cien por ciento (100%), que establecen los Arts. 33 –punto 1- y 49 de la Ley Nº 5465 y modificatorias.

Artículo 2º

Correlaciónese el articulado del Decreto Nº 1421/20, en virtud de la incorporación dispuesta en el Artículo 1º del presente decreto.

Artículo 3º

El presente decreto será notificado a la Contaduría General de la Provincia para su registro.

Artículo 4º

Notifíquese el presente decreto a la Dirección General de Recursos Humanos, dependiente de la Subsecretaría de Gestión Pública y Modernización del Estado del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia, a fin de que proceda a tomar conocimiento y realizar la correspondiente actualización de registros.

Artículo 5º

Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

DR. RODOLFO ALEJANDRO SUAREZ

FARM. ANA MARÍA NADAL

LIC. MIGUEL LISANDRO...

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