Decreto Nro. 1754 - DONACIÓN DE BIENES EN DESUSO POR LA ASOC. COOPERADORA HOSPITAL CENTRAL Y PROGRAMAS ESPECIALES

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición 7 de Agosto de 2019

MENDOZA, 07 DE AGOSTO DE 2019

Visto el expediente 200-D-14-77770 y sus acumulados 4537-D-17-77770, 5396-D-14-77770 y 2606-D-15-77770, en el cual se comunica la donación de diversos bienes en desuso, efectuada por la ASOCIACIÓN COOPERADORA DEL HOSPITAL CENTRAL y PROGRAMAS ESPECIALES al DEPARTAMENTO DE INVENTARIO y PATRIMONIO del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes; y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01 de los expedientes de referencia, obran notas de donación y a fs. 04/05 del expediente 200-D-14-77770 se incorpora Acta de Recepción Nº 33/18;

Por ello, en razón del pedido formulado, lo aconsejado por la Dirección General de Administración de Salud, lo dictaminado por la Subdirección de Asesoría Letrada del citado Ministerio, de acuerdo a lo establecido por el Art. 127 inc. a) Punto 1 II. i. de la Ley N° 8706 y Dictamen N° 15/18 de la Comisión de Valuación,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

D E C R E T A:

Artículo 1°

Acéptese la donación efectuada por la ASOCIACIÓN COOPERADORA DEL HOSPITAL CENTRAL y PROGRAMAS ESPECIALES al DEPARTAMENTO DE INVENTARIO y PATRIMONIO del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes, de los elementos cuyas características se detallan a continuación:

BIENES DE CAPITAL:

Cantidad Descripción Detalle Valor Unitario
CUATRO (04) MONITOR MONITOR $ 180,00
TRES (03) IMPRESORA IMPRESORA $ 140,00
UNO (01) TELÉFONO FAX TELÉFONO FAX MARCA PANASONIC $ 220,00
UNO (01) SCANNER SCANNER $ 700,00
UNO (01) PC PC CELERON $ 400,00
UNO (01) MONITOR MONITOR MARCA PROTEX $ 100,00
UNA (01) IMPRESORA IMPRESORA MARCA HP DESKJET 640C $ 120,00
UNA (01) COMPUTADORA COMPUTADORA $ 961,10
UNO (01) CPU CPU COMPUTADORA $ 100,00
UNO (01) CPU CPU $ 700,00

BIENES CORRIENTES:

Cantidad Descripción Detalle Valor Unitario
SEIS (06) TECLADO PC TECLADO PC $ 6,00
DOS (02) ESTUFA ELÉCTRICA HALÓGENA ESTUFA ELÉCTRICA HALÓGENA $ 20,30
Artículo 2°

Establézcase que las Áreas de Inventario que correspondan deberán tomar nota de lo dispuesto en el presente decreto.

Artículo 3°

El presente decreto será notificado a Contaduría General de la Provincia para su registración.

Artículo 4°

Comuníquese...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR