Decreto Nro. 1468 - EXPEDIENTE Nº 1229-D-17-30093

EmisorMINISTERIO ECONOMÍA, INFRAESTRUCTURA Y ENERGÍA
Fecha de la disposición23 de Agosto de 2017

MENDOZA, 23 DE AGOSTO DE 2017

VISTO el expediente Nº 1229-D-2017-30093 en el cual se gestiona la incorporación al Presupuesto General vigente – Ejercicio 2017, de la mayor recaudación correspondiente al Financiamiento 328 (Convenio p/Construcción Cárcel Federal); y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto 125 de fecha 10 de febrero de 2017 se ratificó el Convenio celebrado entre el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y la Provincia de Mendoza, suscripto el día 23 de diciembre de 2016, mediante el cual el organismo nacional encomienda a la Provincia la contratación y ejecución de la continuación y conclusión de la obra CENTRO FEDERAL PENITENCIARIO DE CUYO-LUJAN DE CUYO-PROVINCIA DE MENDOZA.

Que, en virtud de dicho Convenio, la Provincia efectuará la selección de los contratistas de la obra y el pago de la misma y de los certificados que se hayan acordado, estarán a cargo de la Provincia con fondos transferidos desde la Nación.

Que el Decreto-Ley 4416/80 (de Obras Públicas) contempla la posibilidad de ejecutar obra pública por administración.

Que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación se compromete a girar los fondos que demande, a la Provincia, la contratación y ejecución del saldo de obra necesario para la total finalización de los trabajos y puesta en funcionamiento del CENTRO FEDERAL PENITENCIARIO DE CUYO-LUJAN DE CUYO-PROVINCIA DE MENDOZA.

Que la obra en cuestión tendrá en el ámbito provincial la calidad de “Obra en Ejecución” la cual, una vez confeccionada el acta de recepción definitiva, será devuelta la tenencia a la Nación, quien realizará el acta patrimonial correspondiente.

Que a la fecha se ha recibido la suma de $ 58.000.000,00 desde la Nación, en el marco del Convenio citado, según ha certificado Contaduría General de la Provincia a fojas 61 del expediente de la referencia.

Que es necesario registrar los Recursos y Créditos presupuestarios correspondientes para el presente ejercicio, en función del Convenio citado.

Por ello y en virtud de lo establecido en el Artículo 13 Incisos d) y e) de la Ley Nº 8930, Artículos 4 y 26 del Decreto 1927/2016 y Artículos 88 de la Ley 8706 y 88 del Decreto 1000/2015,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

D E C R E T A:

Artículo 1º

Increméntese el presupuesto de Erogaciones Vigente-Ejercicio 2017, del modo que se indica en la Planilla Anexa I y que forma parte de la presente norma...

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