Decreto Nro. 1451 - EX–2020-00262983-GDEMZA-MESA#MEIYE
Emisor | MINISTERIO DE ECONOMIA Y ENERGIA |
Fecha de la disposición | 21 de Septiembre de 2021 |
MENDOZA, 21 DE SETIEMBRE 2021.
VISTO el Expediente N° EX–2020-00262983-GDEMZA-MESA#MEIYE, en el cual obran las actuaciones relacionadas con un inmueble ubicado en el Parque Industrial Provincial creado por Decreto Ley Nº 4227/77 y su Decreto Reglamentario Nº 427/78, del cual la Subsecretaría de Industria y Comercio es autoridad de aplicación conforme al Decreto Nº 952/10 y que fuera transferido a los señores Ricardo Manuel San Julián, Andrea San Julián y Gustavo Martínez; y
CONSIDERANDO:
Que conforme surge del informe de Orden 02 la empresa integrada por los señores Ricardo Manuel San Julián, Andrea San Julián y Gustavo Martínez adquiere el dominio de un terreno en el Parque Industrial Provincial mediante contrato de compraventa de fecha 29 de mayo de 1992, aprobado por Decreto Nº 271/93;
Que en Orden 5 del expediente citado en el Visto obra la escritura traslativa de dominio suscripta en fecha 23 de diciembre de 1993. Allí se detallan acabadamente los antecedentes que dan origen a la transmisión, datos identificatorios del inmueble, normativa a la que se encuentran sometidas las partes y sus consiguientes derechos y obligaciones;
Que en el orden 06 se agrega el Decreto N° 1901/97 por el cual se resuelve el contrato suscripto entre la Provincia de Mendoza y los Señores San Julián y Martínez en el año 1992. Dicho decreto es notificado a los compradores, mediante la respectiva Acta, según constancias de fojas 96 y 97 del Expediente 94-I-91-1519, escaneado en Orden 12;
Que es importante destacar que la notificación del Decreto 1901/97 se realizó en un domicilio distinto al constituido contractualmente (fojas 96/97 del expediente papel) por cuanto el mismo habría sido modificado sin notificación al Estado. Tal circunstancia se acredita con las cartas documentos diligenciadas a Laprida 373, Dorrego, Guaymallén (domicilio contractual) y devueltas sin notificar (fojas 86/91 del expediente papel);
Que a fojas 105/107 del expediente papel se agrega plano de mensura realizado para ejercer la opción de recompra. Además, se gestionó la imputación del gasto a los fines de ejercer la misma, cumpliendo con lo solicitado por Fiscalía de Estado. Sin embargo, la pieza no tuvo más movimientos hasta el año 2020;
Que la legislación específica aplicable a este caso son el Decreto-Ley N° 4227, Decreto Reglamentario N° 427/78, Resolución 182-PTI-10 y Ley N° 9174. Rigen también la relación jurídica del contrato suscripto...
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