Decreto Nro. 1436 - EX-2021-07202397-GDEMZA-MGTYJ

EmisorMINISTERIO GOBIERNO, TRABAJO Y JUSTICIA
Fecha de la disposición 3 de Julio de 2023

MENDOZA, 03 DE JULIO DE 2023

Visto el Expediente Nº EX-2021-07202397-GDEMZA-MGTYJ, en el cual se tramita la aprobación del CONVENIO ENTRE EL PODER EJECUTIVO Y EL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL DE MENDOZA, celebrado entre el Gobierno de la Provincia de Mendoza, representado en ese acto por el Sr. Ministro de Gobierno, Trabajo y Justicia, Dr. Abog. VICTOR IBAÑEZ ROSAZ, ad referéndem del Poder Ejecutivo, en adelante el "EJECUTIVO", por una parte y por la otra, el Ministerio Público Fiscal, representado en ese acto por el Sr. Procurador General de la Provincia, Dr. Alejandro GULLÉ, en adelante el "MINISTERIO PUBLICO", suscripto el 21 de marzo de 2022;

CONSIDERANDO:

Que EL EJECUTIVO se compromete, en el marco de las disposiciones contenidas en los Artículos 122 ss y cc de la Ley Nº 8706, a afectar el uso de la fracción de un inmueble fiscal ubicado sobre el sector oeste del edificio del Ministerio Público Fiscal, sobre calle C. Atahualpa Yupanqui, identificado en el croquis que como Anexo forma parte del presente convenio;

Que la afectación del inmueble es por tiempo indeterminado. En el caso de considerarlo oportuno, podrá EL EJECUTIVO asignar un nuevo destino, para lo cual deberá comunicarlo fehacientemente a la otra parte con una antelación de noventa días corridos;

Que el inmueble del presente comodato será destinado por EL MINISTERIO PUBLICO exclusivamente para el destino para el cual ha sido solicitado, quedando a su exclusivo cargo la administración del mismo;

Que todas las refacciones, mejoras, modificaciones, ampliaciones y nuevas obras o edificios que se realicen en el futuro en el inmueble y/o en sus edificios y/o sectores, serán a exclusivo cargo del MINISTERIO PUBLICO, quedando los mismos en beneficio del EJECUTIVO al finalizar este convenio, sin derecho a reclamo alguno por parte del MINISTERIO PUBLICO;

Que el incumplimiento por parte del MINISTERIO PUBLICO de las obligaciones asumidas mediante el presente convenio, dará derecho a su rescisión, debiendo previamente el EJECUTIVO formular en forma fehaciente la correspondiente intimación;

Que el presente Convenio comenzará a regir a partir...

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