Decreto Nro. 1379 - BAJA A DA.IRIS ISABEL GONZALEZ

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición14 de Agosto de 2017

MENDOZA, 14 DE AGOSTO DE 2017

Visto el expediente 2399-D-17-77770, en el cual se solicita dar de baja del cargo en que revista la Lic. IRIS ISABEL GONZALEZ; y

CONSIDERANDO:

Que el Art. 30 de la Ley Nº 6921 y su modificatoria Ley Nº 7958 en su parte pertinente expresa: “…Aquellas personas que a la fecha de sanción de la presente Ley gozan de beneficios jubilatorios acordados y se encuentran prestando servicios en el ámbito de la Administración Pública Provincial Centralizada, Descentralizada, Entes Autárquicos y/o cualquier otra repartición perteneciente a la Administración Pública, cesarán en sus funciones. Asimismo, en adelante, ninguna persona que goza de beneficios jubilatorios, podrá desempeñar actividades o cargos rentados en el ámbito descripto…”

Que a fs. 01/02 del expediente de referencia obra consulta de la página web de ANSeS, donde consta que el trámite del beneficio jubilatorio de Da. IRIS ISABEL GONZALEZ ha sido resuelto en forma favorable, cuya alta operó a partir del mensual abril (04) de 2017,

Por ello, en razón de lo informado por la Subdirección de Personal, lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes, y en cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 30 de la Ley Nº 6921,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Téngase por dada de baja en los términos del Art. 30 de la Ley Nº 6921 y su modificatoria Ley Nº 7958, a la profesional que se menciona, quien revistó en el cargo que se indica, en la dependencia que a continuación se detalla:

JURISDICCION 08 – CARACTER 1

HOSPITAL DE ENFERMEDADES INFECCIOSAS “JOSE N. LENCINAS”

UNIDAD ORGANIZATIVA 07

CLASE 027 – Licenciada en Enfermería - Cód. 27-3-02-21

Da. IRIS ISABEL GONZALEZ, clase 1955, DNI Nº 11.580.151, CUIL Nº 27-11580151-7.

Artículo 2º

Establézcase que Da. IRIS ISABEL GONZALEZ, CUIL Nº 27-11580151-7, deberá en el término de sesenta (60) días hábiles, contados a partir de la fecha de notificación del presente decreto, comunicar a la...

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