Decreto Nro. 1324 - CREACIÓN PROGRAMA FINANCIERO

EmisorMINISTERIO HACIENDA Y FINANZAS
Fecha de la disposición14 de Agosto de 2018

MENDOZA, 14 DE AGOSTO DE 2018

Visto el expediente N° EX-2018-00810747--GDEMZA-DGDEPU#MHYF, en el cual se tramita la creación de un Programa Financiero para el Ejercicio 2018; y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 38 de la Ley Nº 9033 autoriza al Poder Ejecutivo a hacer uso del crédito a fin de financiar las contrapartidas Provinciales para operaciones con Organismos Multilaterales de Crédito, Programas y Fondos Fiduciarios Nacionales, con comunicación a la Honorable Legislatura Provincial dentro de los treinta (30) días corridos.

Que el Artículo 40 de la Ley Nº 9033 autoriza al Poder Ejecutivo a hacer uso del crédito para la financiación de las erogaciones de capital que forman parte del Artículo 1º de la mencionada Ley, priorizando las obras relacionadas con la salud pública, la seguridad, la educación y la vivienda social, por hasta la suma de PESOS UN MIL NOVECIENTOS DIECIOCHO MILLONES SETECIENTOS TREINTA MIL ($1.918.730.000).

Que el Artículo 41 de la Ley Nº 9033, autoriza al Poder Ejecutivo a hacer uso del crédito con proveedores en forma directa, indirecta o por intermedio de operaciones de leasing, pudiendo afectar a tales efectos recursos y/o activos provinciales como garantías de la operatoria, para la adquisición de bienes de Capital por hasta la suma y el destino que a continuación se detalla: a) DATA CENTER AUTOCONTENIDO CON TECNOLOGIA HIPER CONVERGENTE PARA PROVISIÓN DE SERVICIOS EN MODALIDAD DE NUBE PRIVADA: por la suma de Pesos ochenta y ocho millones novecientos sesenta y cinco mil noventa y cinco ($88.965.095); b) MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS, adquisición de treinta (30) vehículos para el transporte público de pasajeros, por la suma de Pesos Setenta millones ($70.000.000), en cumplimiento del Artículo 62 de la Ley Nº 9033; c) MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE VIDEO VIGILANCIA PROVINCIA DE MENDOZA, adquisición de cámaras de seguridad y elementos accesorios a las mismas por la suma de Pesos ciento treinta millones trescientos doce mil novecientos ochenta y seis ($ 130.312.986) y d) SISTEMA DE VIGILANCIA INGRESOS Y EGRESOS DE LAS UNIDADES PENALES, adquisición de un sistema de monitoreo en las unidades penales por la suma de Pesos Treinta y tres millones ($ 33.000.000).

Que el Artículo 42 de la Ley Nº 9033 autoriza al Poder Ejecutivo, para que a través del Ministerio de Hacienda y Finanzas, suscriba los documentos y/o emita los títulos públicos pertinentes y/o realice el canje de títulos que pueda resultar necesario y efectúe las adecuaciones presupuestarias suscribiendo la demás documentación pertinente a los efectos previstos en el artículo 68 de la Ley Nº 8706.

Que el Artículo 44 de la Ley Nº 9033 autoriza al Poder Ejecutivo a hacer uso del crédito por hasta la suma de DOLARES QUINCE MILLONES (USD 15.000.000) o su equivalente en otras monedas, con destino a financiar a los Municipios que presenten proyectos tendientes a mejorar la eficiencia energética en el alumbrado público. Asimismo, se lo autoriza a hacer uso del crédito, por hasta la suma de DOLARES DOS MILLONES (USD 2.000.000) o su equivalente en otras monedas, con destino a mejorar la eficiencia energética y/o ampliar la cobertura del alumbrado público en rutas y caminos de jurisdicción provincial – Dirección Provincial de Vialidad.

Que el Artículo 45 de la Ley Nº 9033 autoriza al Poder Ejecutivo a hacer uso del crédito por las contrapartes de origen nacional de los programas vigentes y/o los programas de vivienda necesarios para la relocalización de familias a causa de la realización de obras viales o ferroviarias por hasta un monto de Pesos Seiscientos millones ($ 600.000.000), en busca de garantizar los fondos necesarios para mantener la ejecución de la política de vivienda, conforme las curvas de inversión establecidas en los contratos de construcción de viviendas y procurando dar continuidad a los procesos...

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