Decreto Nro. 131 - APRUÉBESE INCREMENTO ENDEUDAMIENTO POR $ 40.000.000 - LEY Nº 8066
Emisor | MINISTERIO HACIENDA Y FINANZAS |
Fecha de la disposición | 13 de Febrero de 2017 |
MENDOZA, 13 DE FEBRERO DE 2017
Visto el expediente Nº 01218-D-16-01027; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 2/10 del expediente N° 01218-D-16-01027, se adjunta copia de la Ley Nº 8066, donde se autoriza en el Artículo 1º al Poder Ejecutivo Provincial a contraer un empréstito con el Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional (F.F.F.I.R.), por hasta la suma de Pesos OCHENTA MILLONES ($ 80.000.000,00), con el objeto de financiar el “Plan Estratégico de Obras Públicas Viales – Repavimentación Red Provincial de Caminos”.
Que en la mencionada Ley en el Artículo 6º dice: “Una vez afectado el monto máximo establecido en el artículo 1, el Poder Ejecutivo queda autorizado a ampliar dicho monto en hasta un cincuenta por ciento (50%)”.
Que el Poder Ejecutivo en uso de la autorización indicada en el primer párrafo del presente dictó el Decreto Nº 2317/09, se adjunta copia a fs. 11/13, aprobando Modelo de Convenio de Mutuo con el Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional (F.F.F.I.R.) y delegando funciones en los entonces Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Transporte, Dirección Provincial de Vialidad y Ministerio de Hacienda.
Que la Secretaria de Hacienda del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la Nación emitió Resolución Nº 272/09, se adjunta copia a fs. 15/18 autorizando a la Provincia de Mendoza a contraer endeudamiento con el F.F.F.I.R. por la suma de pesos ochenta millones ($ 80.000.000,00).
Que la Provincia suscribió con fecha 28 de octubre de 2009 un Convenio de Mutuo de Asistencia Financiera con el F.F.F.I.R., por la suma indicada en el considerando precedente y fue ratificado por Decreto Nº 3199/09, cuya copia se adjunta a fs. 19/32 del expediente de referencia.
Que la Provincia de Mendoza ha recibido fondos del F.F.F.I.R. para el financiamiento del “Plan Estratégico de Obras Públicas Viales – Repavimentación Red Provincial de Caminos”, por la suma de PESOS SETENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS DOS CON VEINTITRES CENTAVOS ($ 79.745.802,23) equivalente al 99,68% del total de endeudamiento autorizado por el Artículo 1º de la Ley N° 8066 de acuerdo al informe conjunto de la Dirección Provincial de Vialidad y de la Dirección General de la Deuda Pública adjunto a fs. 35 de las presentes actuaciones.
Que de acuerdo a lo solicitado por el señor Ministro de Economía, Infraestructura y Energía a fs. 36 del expediente de referencia, para el inicio y continuidad de distintas obras del Plan...
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