Decreto Nro. 1274 - EX-2021-03266827--GDEMZA-DGPRES#MHYF

EmisorMINISTERIO HACIENDA Y FINANZAS
Fecha de la disposición31 de Agosto de 2021

MENDOZA, 31 DE AGOSTO DE 2021

Visto el expediente Nº EX-2021-03266827--GDEMZA-DGPRES#MHYF; y

CONSIDERANDO:

Que en el Orden Nº 3 del expediente de referencia, la Dirección General de Presupuesto informa que en razón de las distintas funciones y competencias asignadas y la significativa disminución de personal profesional que se ha producido en la citada Repartición, solicita la transferencia de la C.P. MARÍA BÉLEN LAVAGETTI, C.U.I.L. Nº 27-29273760-8, en virtud de que dicha profesional cuenta con el perfil, experiencia y condiciones para desenvolverse en la mencionada Dirección.

Que para concretar lo solicitado debe modificarse la Planta de Personal de la Administración Pública Provincial, prevista en el Presupuesto General Vigente Año 2021 y realizar la correspondiente modificación presupuestaria la que no implica el incremento del gasto autorizado a nivel global, ni entorpecerá el normal funcionamiento del Ministerio de Hacienda y Finanzas en el presente ejercicio hasta el 31 de diciembre de 2021.

Que asimismo se tramita la incorporación de la C.P. MARÍA BÉLEN LAVAGETTI en el Régimen del Adicional por Mayor Dedicación, establecido por el Artículo 59 de la Ley N° 5.126 y sus modificatorias, con un porcentaje del VEINTE POR CIENTO (20%).

Que en el Orden Nº 27 del expediente Nº EX-2021-03266827--GDEMZA-DGPRES#MHYF, obra el Visto Bueno del señor Gobernador de la Provincia que tramita la excepción a lo dispuesto por el Decreto-Acuerdo Nº 1785/20.

Que en el Orden Nº 45 del expediente de referencia, la Dirección General de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia otorgó el aval requerido por el Artículo 47 de la Ley Nº 9.122 y su Decreto Reglamentario Nº 501/19, para la transferencia de la C.P. LAVAGETTI.

Por ello, en virtud de lo establecido en los Artículos , 24, 25 y 27 de la Ley N° 9.278 y 3°, 10, 11 y 27 del Decreto–Acuerdo Nº 150/21,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

D E C R E T A :

ARTÍCULO 1º

Exceptúese el presente decreto del congelamiento dispuesto en el Artículo 25 de la Ley Nº 9.278.

ARTÍCULO 2º

Modifíquese el Presupuesto de Erogaciones Vigente Año 2021, del modo que se indica en la Planilla Anexa I, que forma parte integrante del presente decreto, cuyo monto total asciende a la suma de PESOS DOSCIENTOS...

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