Decreto Nro. 1258 - RECURSO DE ALZADA - MALDONADO - GARCÍA CARBONI
Emisor | MINISTERIO HACIENDA Y FINANZAS |
Fecha de la disposición | 27 de Julio de 2017 |
MENDOZA, 27 DE JULIO DE 2017.
Visto el expediente N° 02429-D-16-00020 y su acumulado Nº 00932-D-16-02690; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 1/8 del expediente N° 02429-D-16-00020, la Doctora JANET C. MALDONADO, en representación de la señora LUCIANA GARCÍA CARBONI, D.N.I N° 38.755.915, presenta Recurso de Alzada contra la Resolución Nº 372 de fecha 08 de abril de 2016, cuya copia obra a fs. 92/100 del expediente Nº 00932-D-16-02690, emitida por el Directorio del Instituto Provincial de Juegos y Casinos.
Que mediante la citada Resolución se rechazó el Recurso de Revocatoria interpuesto contra la Resolución N° 090 de fecha 29 de enero de 2016, cuya copia obra a fs. 43/46 del expediente N° 00932-D-16-02690, mediante la cual se dispuso la no renovación del vínculo con el Instituto Provincial de Juegos y Casinos, en carácter de planta temporaria de la señora LUCIANA GARCÍA CARBONI, a partir del 1º de febrero de 2016.
Que desde el punto de vista formal corresponde admitir el Recurso de Alzada, atento a que el mismo ha sido interpuesto dentro del plazo y formas previstos por el Artículo 183 y ss. de la Ley N° 3909.
Que la recurrente vuelve a reiterar todos y cada uno de los agravios que ya fueron tratados y resueltos por el Honorable Directorio en la Resolución atacada, sosteniendo la plena vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo del Sector.
Que la reclamante manifiesta que no desconoce el Artículo 6° del Decreto Nº 955/04 respecto de la vigencia por falta de homologación, pero siendo el Instituto Provincial de Juegos y Casinos un Organismo que cuenta con patrimonio propio y goza de individualidad financiera, (Artículo 4° de la Ley Nº 6362), resulta desacertado considerar, tal como lo hizo el Directorio en la Resolución recurrida, que las Cláusulas del Convenio incidían presupuestariamente. Por lo que a su criterio dicha Resolución contiene un vicio grosero.
Que el vínculo laboral de la señora LUCIANA GARCÍA CARBONI tuvo nacimiento en planta temporaria a partir del 1º de mayo de 2015 y el 29 de enero de 2016 se dispuso la no renovación de su contrato por Resolución N° 090/16, obrante en copia a fs. 43/46 del expediente N° 00932-D-16-02690; por lo que la recurrente pretende su reincorporación aduciendo una estabilidad ajena a su relación contractual con el Instituto Provincial de Juegos y Casinos, enunciando como normativa aplicable a su caso el Convenio Colectivo de Trabajo de fecha 19 de noviembre de 2015 suscripto de...
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