Decreto Nro. 1206 - EXPEDIENTE Nº 15906-D-2016-00106;

EmisorMINISTERIO SEGURIDAD
Fecha de la disposición 3 de Junio de 2019

MENDOZA, 03 DE JUNIO DE 2019

Visto el Expediente Nº 15906-D-2016-00106; y

CONSIDERANDO:

Que en las citadas actuaciones administrativas se tramita el reclamo extrajudicial por el accidente de tránsito ocurrido para fecha 04 de julio de 2016, por el cual resulta dañada la Movilidad – Interno N° 2135 del Ministerio de Seguridad;

Que en este sentido a fs. 02/12 obra denuncia del Siniestro N° 299562, ante la compañía de seguros;

Que a fs. 51 el Dr. Fernando Gonzalo Arcaná, apoderado del Ministerio de Seguridad, mediante escrito se presenta ante la compañía “Paraná Seguros”, comunicándole que la conducta culposa de su asegurada, Sra. Claudia Cecilia Puebla, le causó daños a la movilidad Interno Nº 2135 solicitando una liquidación provisoria extrajudicial, por los daños y perjuicios originados el día 04 de julio de 2016, por la suma de Pesos diez mil quinientos con 00/100 ($ 10.500,00);

Que a fs. 59 la Oficina de Siniestros de Paraná Seguros, comunica mediante e-mail, que no dará curso favorable al reclamo administrativo, por entender que no existe responsabilidad de la empresa aseguradora en el hecho en cuestión;

Que habiendo efectuado un análisis exhaustivo de las presentes actuaciones, se concluye que se han agotado todas las instancias administrativas para el cobro de la deuda respecto del siniestro que dañara la movilidad N° 2135,debiendo procederse en consecuencia, al inicio de las acciones legales pertinentes y teniendo especial consideración respecto de la fecha de prescripción de la acción;

Que por todo lo expuesto ut supra y teniendo en cuenta lo establecido por el artículo 1° inciso c) del Decreto N° 803/53, debe emitirse la norma legal respectiva y cumplimentarse con lo ordenado por el artículo 129 de la Constitución Provincial, a fin...

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