Decreto de Necesidad y Urgencia N° 2/AJG/22

EmisorÁrea Jefe de Gobierno
Fecha de la disposición 2 de Marzo de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA N.º 2/22
Buenos Aires, 25 de febrero de 2022
VISTO: La Ley N° 15 (texto consolidado según Ley N° 6.347), los Decretos de
Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional Nros. 260-PEN/2020, 167-PEN/21
y 867-PEN/21, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 1/20, 8/20, 12/20, 15/20,
17/20, 5/21, 7/21, 8/21, 9/21, 10/21, 11/21, 12/21, 13/21, 14/21 y 1/22, las
Resoluciones Nros. 10-LCABA/20, 37-LCABA/20, 95-LCABA/20, 122-LCABA/20, 182-
LCABA/20, 9-LCABA/21, 15-LCABA/21, 74-LCABA/21, 132-LCABA/21, 151-
LCABA/21, 165- LCABA/21, 197-LCABA/21 y 222-LCABA/21, el Expediente
Electrónico N° 7870320-GCABA- DGAJRH/22, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/2020, el Poder Ejecutivo de
la Nación amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley
Nacional N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial
de la Salud (OMS) en relación con el coronavirus (COVID-19), por el plazo de un (1)
año a partir de la entrada en vigencia de dicho Decreto, el cual fue prorrogado por los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 167-PEN/21 y 867-PEN/21 hasta el día 31 de
diciembre de 2022;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la emergencia sanitaria
en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de 2020, a
los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo
de propagación del contagio en la población del coronavirus (COVID-19),
prorrogándose dicha emergencia mediante el dictado de los Decretos de Necesidad y
Urgencia Nros. 8/20, 12/20, 15/20, 17/20, 5/21, 7/21, 8/21, 9/21, 10/21, 11/21, 12/21,
13/21, 14/21 y 1/22 hasta el 28 de febrero de 2022;
Que por Resoluciones Nros. 10-LCABA/20, 37-LCABA/20, 95-LCABA/20, 122-
LCABA/20, 182-LCABA/20, 9-LCABA/21, 15-LCABA/21, 74/LCABA/21, 132-
LCABA/21, 151-LCABA/21, 165-LCABA/21, 197-LCABA/21 y 222-LCABA/21, la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ratificó los Decretos de
Necesidad y Urgencia Nros. 1/20, 8/20, 12/20, 15/20, 16/20, 17/20, 5/21, 7/21, 8/21,
9/21, 10/21, 11/21, 12/21 y 13/21 respectivamente;
Que por el artículo 13 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 867-PEN/21 se
sustituyó el artículo 20 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/21
estableciendo que: “...Los Gobernadores y las Gobernadoras de las Provincias y el
Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dictarán las medidas
necesarias para implementar lo dispuesto en el presente decreto como agentes
naturales del gobierno federal, conforme lo establece el artículo 128 de la
CONSTITUCIÓN NACIONAL. Ello, sin perjuicio de otras medidas que puedan adoptar
las Provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los Municipios, en ejercicio de
sus competencias propias.”;
Que, en este sentido, en virtud de la situación epidemiológica en el ámbito local,
resulta necesario continuar con el abordaje de las medidas pertinentes, a los fines de
prevenir y mitigar la propagación del coronavirus COVID-19;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6328 - 02/03/2022

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