Decreto de Necesidad y Urgencia N° 9/AJG/21

EmisorÁrea Jefe de Gobierno
Fecha de la disposición29 de Julio de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA N.º 9/21
Buenos Aires, 28 de julio de 2021
VISTO: La Ley N° 15 (texto consolidado según Ley N° 6.347), los Decretos de
Necesidad y Urgencia Nros. 260-PEN/2020, 297-PEN/20, 325-PEN/20, 355-PEN/20,
408-PEN/20, 459- PEN/20, 493-PEN/20, 520-PEN/20, 576- PEN/20, 605-PEN/20, 641-
PEN/20, 677-PEN/20, 714-PEN/20, 754-PEN/20, 792- PEN/20, 814-PEN/20, 875-
PEN/20, 956-PEN/20,1033-PEN/20, 67-PEN/21, 125- PEN/21, 167-PEN/21, 168-
PEN/21, 235-PEN/21, 241-PEN/21, 287-PEN/21, 334-PEN/21, 381-PEN/21, 411-
PEN/21 y 455- PEN/21, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 1/20, 8/20, 12/20,
15/20, 16/20, 17/20, 5/21, 7/21 y 8/21, las Resoluciones Nros. 10-LCABA/20, 37-
LCABA/20, 95- LCABA/20, 122-LCABA/20 131- LCABA/20, 182-LCABA/20, 9-
LCABA/21,15-LCABA/21 y 74-LCABA/21, el Expediente Electrónico N° 22082121-
GCABA-DGAJRH/21, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/2020, el Poder Ejecutivo de
la Nación amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley
Nacional N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial
de la Salud (OMS) en relación con el coronavirus (COVID-19), por el plazo de un (1)
año a partir de la entrada en vigencia de dicho decreto, el cual fue prorrogado por
Decreto de Necesidad y Urgencia N° 167/PEN/21 hasta el día 31 de diciembre de
2021;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la Emergencia Sanitaria
en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de 2020, a
los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo
de propagación del contagio en la población del coronavirus (COVID-19),
prorrogándose dicha emergencia mediante Decretos de Necesidad y Urgencia Nros.
8/20, 12/20, 15/20, 17/20, 5/21, 7/21 y el 8/21 hasta el 31 de julio de 2021;
Que por Resoluciones Nros. 10-LCABA/20, 37-LCABA/20, 95-LCABA/20, 122-
LCABA/20, 131-LCABA/20, 182-LCABA/20, 9-LCABA/21, 15-LCABA/21 y
74/LCABA/21, la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ratificó los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 1/20, 8/20, 12/20, 15/20, 16/20, 17/20, 5/21,
7/21 y 8/21, respectivamente;
Que, por otro lado, por Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional
N° 297-PEN/20 y sus sucesivas prórrogas se dispuso la medida de "aislamiento social,
preventivo y obligatorio";
Que por Decretos de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N° 875-
PEN/20, N° 956-PEN/20, 1033-PEN/20, 67-PEN/21, 125-PEN/21 y 168-PEN/21 se
estableció la medida de "distanciamiento social, preventivo y obligatorio" y por
Decretos de Necesidad y Urgencia N° 235-PEN/21, 241-PEN/21, 287-PEN/21
prorrogado por los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 334/PEN/21, 381/PEN/21,
411/PEN/21 y 455/PEN/21, se establecieron medidas generales de prevención y
disposiciones locales de contención que deben cumplir todas las personas, con el fin
de mitigar la propagación del virus SARS-CoV-2 y su impacto sanitario, hasta el 6 de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6182 - 29/07/2021

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