Decreto Nº 74

EmisorMunicipalidad de Capital
Fecha de la disposición22 de Enero de 2014

DECRETO Nº 74

Mendoza, 22 de enero de 2014

Visto: El Expediente Nº 905-P-2014, caratulado "Protocolo Departamento s/Subsidio Gastos Reina y Virreina Vendimial Fiesta Vendimia Ciudad de Mendoza 2014"; y

CONSIDERANDO:

Que en oportunidad de realizarse la Fiesta de la Vendimia de la Ciudad de Mendoza 2014 en fecha 28 de Febrero, se llevará a cabo la elección y coronación de la Reina y Virreina de la Vendimia de la Ciudad de Mendoza.

Que a fs. 2/5 se ha proyectado el correspondiente Reglamento.

Que teniendo en cuenta que por Ordenanza Nº 3686/07 se encuentra autorizado el otorgamiento de un subsidio mensual a la candidata que resulte electa Reina Vendimial y, considerando que este Departamento Ejecutivo pretende propiciar la más amplia participación de la ciudadanía mendocina en atención a la trascendencia que reviste la celebración del tradicional evento de referencia, resulta también procedente disponer la institución de premios para distribuir equitativamente a la Virreina y cinco primeras Princesas electas.

Que a fs. 6 se ha diligenciado el volante de imputación preventiva del gasto.

Que conforme lo dispuesto por el Artículo 35º de la Ley Nº 3909 obra a fs. 8 y 9 dictamen legal y contable pertinente, respectivamente.

Por ello, y en uso de sus atribuciones,

EL INTENDENTE MUNICIPAL

DE LA CIUDAD DE MENDOZA

DECRETA:

Artículo 1º

Apruébese el "Reglamento de elección de la Reina de la Vendimia de la Ciudad de Mendoza 2014" que como Anexo integra el presente Decreto y a cuyos términos y condiciones deberán sujetarse las postulantes en la Fiesta de la Vendimia de la Ciudad de Mendoza 2014, por las razones expresadas en los considerandos que anteceden.

Artículo 2º

Institúyanse los siguientes premios vendimiales:

Virreina

5.000,00

  1. Princesa

    3.000,00

  2. Princesa

    3.000,00

  3. Princesa

    3.000,00

  4. Princesa

    3.000,00

  5. Princesa

    3.000,00

Artículo 3º

El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo precedente se atenderá con cargo a la U.O 1710102 - Actividad 71102100 - Partida 41312000 del Presupuesto de Gastos en vigencia.

Artículo 4º

Por División Notificaciones, comuníquese a Secretaría de Cultura y a Coordinación Ceremonial y Protocolo.

Artículo 5º

Comuníquese, publíquese y dése al Libro de Decretos.

Víctor M. F. Fayad

Intendente

Sandra M. Tennerini

Sec. de Hacienda, Turismo

y Desarrollo Económico

______

REGLAMENTO

ELECCION DE LA REINA

DE LA VENDIMIA DE LA

CIUDAD DE MENDOZA 2014

Artículo 1º

Se convocará a las Secciones (1ª, 2ª, 3ª, 4ª, 5ª y 6ª), barrios y clubes de la Ciudad de Mendoza a presentar sus postulantes al Reinado Vendimial de la Ciudad de Mendoza. Las organizaciones, asociaciones u otras entidades que deseen presentar candidata, deberán participar en la Sección donde se ubique su sede.

Artículo 2º

Las entidades descriptas en el Artículo 1° podrán realizar sus respectivas Fiestas Vendimiales o espectáculos artísticos coordinando con la Municipalidad de la Ciudad de Mendoza con no menos de 72 horas de antelación.

Artículo 3º

Toda Fiesta seccional, barrial o de clubes tendrá como máximo una duración de 45 minutos incluida la elección y coronación de la respectiva Reina.

Artículo 4º

Podrán presentar candidatas con o sin Fiesta toda...

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