Decreto Nº 438/GCABA/13

FirmantesMACRI - Cabrera - Rodríguez Larreta
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición29 de Octubre de 2013

VISTO:

El Expediente N° 1.447.279/13 e incorporados, y

CONSIDERANDO:

Que el inmueble sito en Avenida De Los Constituyentes N° 4785/89/93/97, esquina

Avenida Blanco Encalada (Nomenclatura Catastral: Circunscripción 16, Sección 51,

Manzana 6, Parcela 3, Unidades Funcionales 1, 2, 4, 5, 10, 11 y 12), pertenece al

dominio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en razón de haber sido

adquirido por expropiación, por encontrarse afectado al ensanche de la Av. de Los

Constituyentes por Ordenanza N° 44.095;

Que según lo informado por la Dirección General Administración de Bienes las

referidas unidades funcionales del mencionado inmueble se encuentran ocupadas en

forma irregular;

Que la necesidad de efectuar la liberación total de la traza, con el objeto de concretar

la obra pública proyectada, hace necesaria la intervención del Poder Ejecutivo, a los

fines de preservar los bienes jurídicos afectados y propender al cumplimiento de los

cometidos del Estado;

Que constituye un deber imperativo e inexcusable del Jefe de Gobierno, resguardar y

velar por el patrimonio público de la Ciudad;

Que el régimen jurídico del dominio público se caracteriza por su inalienabilidad, por

su imprescriptibilidad y por las reglas de policía de la cosa pública que le son

aplicables (Fallos 146:289, 297, 304 y 315);

Que respecto de la tutela del dominio público se ha considerado que: "La protección o

tutela de dependencias dominicales está a cargo de la Administración Pública, en su

carácter de órgano gestor de los intereses del pueblo, titular del dominio de tales

dependencias. En ese orden de ideas, para hacer efectiva dicha tutela, con el fin de

hacer cesar cualquier avance indebido de los particulares contra los bienes del

dominio público, en ejercicio del poder de policía que le es inherente y como principio

general en la materia de dominicalidad, la Administración Pública dispone de un

excepcional privilegio: procede directamente, por sí misma, sin...

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