Decreto N° 656. Obra: Reparaciones en el I

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición18 de Junio de 2014
CÓRDOBA, 3 de octubre de 2014 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCVII - Nº 170 Primera Sección
1ª
AÑO CI - TOMO DXCVII - Nº 170
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 3 DE OCTUBRE DE 2014
www.boletinoficialcba.gov.ar
E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
SECCN
LEGISLACIÓN - NORMATIVAS
CONSULTE NUESTRA GINA WEB:
w ww.bolet inoficialc ba.gov.ar
Consultas a los e-mails:
boletinoficia lcba @cba.gov.ar
boletinoficia lw e b@cba.gov.ar
Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba - Ley Nº 10.074
Santa Rosa 740 - Tel. (0351) 434-2126/2127
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA
Atención al Público: Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 hs.
Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA
Programa sobre el uso responsable de las TIC
PODER
LEGISLATIVO
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE
Ley: 10222
ARTÍCULO 1º.- Créase, bajo la órbita del Ministerio de
Educación de la Provincia de Córdoba, el “Programa de
Concientización e Información para el uso responsable de las
Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) y para la
prevención y cuidado frente al Grooming”.
ARTÍCULO 2º.- Es competencia exclusiva del Ministerio de
Educación de la Provincia de Córdoba, en el marco del Programa
creado en el artículo 1º de esta Ley:
a) La confección y difusión de recursos didácticos,
bibliográficos y digitales que permitan conocer los riesgos y
peligros relativos al uso de las Tecnologías de la Información y la
Comunicación, tales como correos electrónicos, redes sociales,
chats, juegos en línea y telefonía móvil, entre otros;
b) La capacitación de docentes y alumnos del profesorado
mediante talleres, seminarios y clases especiales orientadas a
acompañar a los estudiantes, desde una mirada reflexiva, en el
uso responsable de las Tecnologías de la Información y la
Comunicación;
c) La información y asesoramiento a las familias de la
comunidad educativa, y
d) El asesoramiento sobre el modo de actuar en caso de
detección de posibles situaciones de Grooming o uso
irresponsable de las Tecnologías de la Información y la
Comunicación.
ARTÍCULO 3º.- Incorpórase a los diseños curriculares del
Sistema Educativo Provincial la enseñanza del uso responsable
de las Tecnologías de la Información y la Comunicación y de la
prevención y cuidado frente al Grooming.
ARTÍCULO 4º.- Créase un sitio web con información útil para
los usuarios-docentes, niñas, niños, adolescentes, padres y
abuelos- referido a Grooming y uso responsable de las
Tecnologías de la Información y la Comunicación, con la finalidad
de que obtengan material necesario, concientizador y preventivo
respecto a la temática, permitiendo el ingreso reservado para
efectuar consultas.
ARTÍCULO 5º.- El Ministerio de Educación de la Provincia de
Córdoba deberá incluir esta temática en todos los ambientes
escolares y extraescolares donde se divulgue el uso pedagógico
de las Tecnologías de la Información y la Comunicación.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provin-
cial.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL,
EN LA CIUDAD DE CÓRDOBA, A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE
SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.
CRA. ALICIA MÓNICA PREGNO
VICEGOBERNADORA
PRESIDENTA
LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA
GUILLERMO CARLOS ARIAS
SECRETARIO LEGISLATIVO
LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA
PODER EJECU TI VO
Decreto Nº 1040 Córdoba, 23 de setiembre de 2014
Téngase por Ley de la Provincia N° 10222, cúmplase,
protocolícese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y
archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 656 Córdoba, 18 de Junio de 2014
VISTO: El expediente Nº 0047-002436/2013, del registro
de la Dirección General de Arquitectura dependiente del
Ministerio de Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la citada Dirección Ge-
neral propicia se contrate en forma directa la ejecución de la
obra: “REPARACIONES VARIAS - SECTOR GIMNASIO Y
DESPACHO DE ALUMNOS PLANTA BAJA Y CUBIERTA
TECHOS DE TALLER ELECTRICIDAD EN EL IPEM Nº 247
INGENIERO CARLOS A. CASSAFOUSTH UBICADO EN
CALLE DEAN FUNES ESQUINA CHUBUT - BARRIO
ALBERDI - PROVINCIA DE CÓRDOBA - DEPARTAMENTO
CAPITAL”, con la Empresa “INGENIERÍA S.R.L. e
INGENIEROS ROBERTO Y CARLOS TRUJILLO S.R.L. -
U.T.E.” por la suma de $ 5.242.980,01.
Que obra en autos nota del señor Ministro de Educación de
la Provincia donde manifiesta la necesidad de ejecutar los
trabajos referidos, atento el preocupante y grave estado de
deterioro en que se encuentran las instalaciones que albergan
el centro educativo, el que cuenta con diversos problemas que
obligan a ser atendidos a la mayor brevedad posible, toda vez
que comprometen el normal desarrollo de las actividades del
citado establecimiento escolar, pudiendo incluso poner en riesgo
la salubridad de toda comunidad educativa.
Que obra en autos la documentación técnica compuesta de
Memoria Descriptiva, Planos, Relevamiento Fotográfico, Pliego
Particular de Especificaciones Técnicas, Pliego Particular de
Condiciones y Presupuesto.
Que se invitaron a cotizar a tres (3) firmas del medio,
constando Acta de Cotización de Precios de las propuestas
de: ARC S.R.L., CONSTRUCTORES ASOCIADOS S.A. e
INGENIERÍA S.R.L. e INGENIEROS ROBERTO Y CARLOS
TRUJILLO S.R.L. - U.T.E.
Que de la evaluación efectuada por la Dirección de Obras,
Licitaciones y Contrataciones de la Dirección general de
Arquitectura, surge la propuesta presentada por la Empresa
“INGENIERÍA S.R.L. e INGENIEROS ROBERTO Y CARLOS
Obra: Reparaciones en el IPEM 247
Ing. Carlos Cassafousth
PODER
EJECUTIVO
CONTINÚA EN PÁGINA 2

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR