Decreto N° 310. Disolución / Liquidación CORINCOR S.A.

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 8 de Abril de 2014
CÓRDOBA, 10 de abril de 2014 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCI - Nº 49 Primera Sección
1ª
AÑO CI - TOMO DXCI - Nº 49
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 10 DE ABRIL DE 2014
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Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba - Ley Nº 10.074
Santa Rosa 740 - Tel. (0351) 434-2126/2127
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA
Atención al Público: Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 hs.
Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA
CORINCOR S.A. Profesorado de Educación
Secundaria en Sociología
Se aprueba el plan de Estudio y la Carrera
Decreto N° 310
Córdoba, 8 de Abril de 2014
VISTO: El expediente Nº 0464-052938/2014, del registro del
Ministerio de Finanzas.
Y CONSIDERANDO:
Que el artículo 102 de la Ley Nº 8836 facultó al Poder Ejecutivo
a constituir la CORPORACIÓN INMOBILIARIA CÓRDOBA
SOCIEDAD ANÓNIMA.
Que en procura de lograr una mayor eficiencia y eficacia en la
administración de los recursos públicos, el Gobierno Provincial
efectúa una constante revisión de sus estructuras.
Que en esa dirección y teniendo en cuenta que la
CORPORACIÓN INMOBILIARIA CÓRDOBA SOCIEDAD
ANÓNIMA ha cumplido acabadamente las metas que le dieron
origen, resulta conveniente proceder a disolver dicha Sociedad
Anónima y transferir todas sus funciones a la órbita del Poder
Ejecutivo.
Que a tales fines, es necesario instruir al representante de la
Provincia ante las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias de la
mencionada Sociedad para proponer y votar la disolución
propiciada y la persona que ejercerá la función de Liquidador.
Que en virtud que la CORPORACIÓN INMOBILIARIA
CÓRDOBA SOCIEDAD ANÓNIMA funciona en forma autárquica
dentro de la órbita del Ministerio de Finanzas y a los fines de dotar
de mayor agilidad el proceso de liquidación y transferencia de que
se trata, resulta conveniente facultar al citado Ministerio para designar
al o los organismos o dependencias a los que se les transferirán
los bienes inmuebles, muebles y demás activos -incluyendo marcas
y derechos intelectuales- y pasivos resultantes de la liquidación.
Por ello, las previsiones de la Ley Nº 8836, lo dictaminado por
la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Finanzas al Nº
103/14 y por Fiscalía de Estado al Nº 0231/14 y en uso de sus
atribuciones constitucionales,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- INSTRÚYASE al representante de la Provincia
ante la Asamblea de Accionistas de la CORPORACIÓN
INMOBILIARIA CÓRDOBA SOCIEDAD ANÓNIMA, a proponer
y votar la disolución y liquidación de dicha sociedad en los términos
de su Estatuto Social y la designación como Liquidador “ad
honorem” al Cr. Oscar Alberto FARIERI (D.N.I. Nº 13.370.716).
ARTÍCULO 2º.- FACÚLTASE al Ministerio de Finanzas a
designar al organismo o a los organismos y/o dependencias del
Sector Público Provincial a quienes se les transferirán los bienes
inmuebles, muebles, y demás activos -incluyendo marcas y
derechos intelectuales- y pasivos de la CORPORACION
INMOBILIARIA CORDOBA SOCIEDAD ANONIMA. Asimismo
se faculta al citado Ministerio a designar el organismo que asumirá
las obligaciones y responsabilidades que le compete a la
CORPORACIÓN INMOBILIARIA CÓRDOBA SOCIEDAD
ANÓNIMA, en su carácter de Fiduciaria en los Contratos de
Fideicomiso, celebrados en el marco de la Ley Nacional N° 24441,
a saber:
* “Inmuebles de la Policía de la Provincia de Córdoba” - Decreto
N° 963/2010
* “Inmuebles Córdoba I” - Decreto N° 1418/2009.
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el
señor Ministro de Finanzas y el señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese a la
Legislatura Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CRA. ALICIA MÓNICA PREGNO
VICEGOBERNADORA
A CARGO PODER EJECUTIVO
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO
Resolución N° 189 Córdoba, 4 de Abril de 2014
VISTO: La Nota Nº DGES 01-060910132-314, del registro
del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que en las referidas actuaciones la Dirección General de
Educación Superior, propicia la aprobación del Plan de
Estudio del Profesorado de Educación Secundaria en
Sociología.
Que obran en autos los fundamentos, objetivos, diseño y
organización curricular de la Carrera Profesorado de
Educación Secundaria en Sociología.
Que la adecuación de los diseños curriculares se enmarca
en el proceso de solicitud de Validez Nacional de Títulos y
Certificaciones correspondiente a la Carrera mencionada,
considerando lo establecido por la Resolución Nº 1588/12
del Ministerio de Educación de la Nación.
Que para el desarrollo de la presente adecuación se
consideró el dictamen de evaluación de la Comisión Federal
de Evaluación (Co.F.EV), las consideraciones aportadas
por los procesos de evaluación provincial y la Resolución
Nº 24/07 del Consejo Federal de Educación.
Que lo procurado resulta procedente, toda vez que se
enmarca en la normativa de las Leyes Nº 26206 de Educación
Nacional y Nº 9870 de Educación Provincial, como así
también en los lineamientos referenciales de los Acuerdos
Marcos Nros 24/07, 30/07, 73/08 y 74/08 del Consejo Fed-
eral de Educación.
Que debido a las referidas transformaciones, resulta
imprescindible adecuar los planes de estudio, las ofertas de
formación y los títulos docentes a los nuevos requerimientos
del sistema, de conformidad con las características
consensuadas en los mencionados acuerdos.
Que el nuevo Plan de Estudio de la Carrera: Profesorado
de Educación Secundaria en Sociología, se adecua a los
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MINISTERIO DE
EDUCACN
PODER
EJECUTIVO
Disolución / Liquidación

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