Decreto N° 956

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición12 de Agosto de 2013
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO C - TOMO DLXXXVI - Nº 204 CÓRDOBA, 20 de noviembre de 20132
detalladas en los Anexos que se indi-
can a continuación, incluyendo la
Reestructuración del MUP, que con seis
(6) fojas útiles forman parte integrante
de la presente Resolución:
ANEXO I ADECUACIONES AL MUP: JUNIO, JULIO
Y AGOSTO 2013 (antes de la
Se aprueban...
Reestructuración de Macroprocesos).
ANEXO II ADECUACIONES AL MUP: POR
REESTRUCTURACIÓN DE
MACROPROCESOS.
ANEXO III ADECUACIONES AL MUP: AGOSTO,
SETIEMBRE Y OCTUBRE 2013 (después
de la Reestructuración de Macroprocesos).
Dichas actualizaciones quedan incluidas
en el MUP a partir de la fecha de vigencia
consignada en cada documento y en la
comunicación de las mencionadas
modificaciones. Los Procedimientos,
Instructivos, Documentos Técnicos, Guías
de Trámite y Requisitos de Trámites
originales se encuentran disponibles para
su consulta en la BCC.
ARTÍCULO 2º.- El Manual Único
de Procedimientos de la Dirección
General de Rentas, se encuentra
publicado (en formato “.pdf, word y
excel, según corresponda”) en la
BCC - Base de Conocimiento
Compartida: “DGR y Kolektor -
Manual Único de Procedimientos -
MACROPROCESOS”. Los Procedi-
mientos, Instructivos, Documentos
Técnicos, Guías de Trámites y
Requisitos de Trámites que contiene
el MUP son de uso obligatorio a partir
de la fecha de vigencia consignada
en cada caso.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE,
PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial, PASE
a conocimiento de los Sectores
pertinentes y archívese.
CR. LUCIANO G. MAJLIS
DIRECTOR GENERAL
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos/dgr_r1944.pdf
Ministro Jefe de Gabinete y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése
intervención al Tribunal de Disciplina Notarial, al Colegio de
Escribanos de la Provincia de Córdoba, publíquese en el Boletín
Oficial y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
DR. OSCAR FÉLIX GONZÁLEZ
MINISTRO JEFE DE GABINETE
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 918 Córdoba, 6 de agosto de 2013
VISTO: el expediente N° 0047-015873/2011/R4 del registro
del Ministerio de Infraestructura.
Y CONSIDERANDO: Que por las presentes actuaciones la
Dirección General de Arquitectura dependiente del Ministerio de
Infraestructura, propicia por Resolución Nº 219/13 y su
Rectificatoria Nº 421/13, la aprobación del Acta Acuerdo de
Redeterminación de Precio por Reconocimiento de Variación de
Costos al mes de febrero de 2012, por trabajos faltantes de
ejecutar en la obra: “CONSTRUCCIÓN NUEVO EDIFICIO PARA
EL I.P.E.M. Nº 30 ANEXO “EDUARDO SIMÓN NEMIROVSKY”
DE LA LOCALIDAD DE MONTECRISTO DEPARTAMENTO
RIO PRIMERO - PROVINCIA DE CORDOBA”, suscripta con
fecha 17 de setiembre de 2012 y su Rectificatoria del día 28 de
mayo de 2013, entre el Director General de Arquitectura y el
Titular de la Empresa Unipersonal CARLOS E. MARTINEZ,
contratista de la obra.
Que la redeterminación de precio de que se trata encuadra en
las previsiones del Decreto Provincial N° 1231/10 modificatorio
de su similar Nº 1133/10 y lo dispuesto por Resolución N° 013/
11 del entonces Ministerio de Obras y Servicios Públicos, conforme
Acta de Aceptación de Metodología de Análisis para
Redeterminación de Precios obrante en autos y Artículo 21º del
Pliego Particular de Condiciones.
Que el 23 de septiembre de 2011 las partes suscribieron el Acta
de Aceptación de Metodología de Análisis para Redeterminación
de Precios, luciendo Decreto Nº 354/2013 dando cuenta del
reconocimiento de la primera variación de costos del contrato de
referencia.Que obra en autos la documentación presentada por
la contratista fundamentando su petición.
Que consta en autos que el porcentaje de ejecución acumulada
a febrero/12 era del 11,79%, habiéndose liquidado un porcentaje
del 20% del monto en concepto de Certificado Extraordinario de
Pago a Cuenta.
Que atento lo dispuesto por los artículos 4,8,9 y 10 del Decreto
Nº 1133/10, rectificada por su similar N° 1231/10 y lo dispuesto
por Resolución Ministerial Nº 013/11, a partir del mes de febrero/
12 se verificó un porcentaje de variación de costos del 10,5259%,
por lo que se procedió a calcular el Factor de Redeterminación
(Fri), resultando a partir de dicho mes un incremento del 7,3681%,
habiéndose aplicado los Números Índice publicados
mensualmente en el Anexo del Cuadernillo INDEC Informa a
Designación de... valores del mes anterior a dicha fecha y a valores del mes
anterior al de la última redeterminación (octubre/11), lo que implica
reconocer a la contratista dicho concepto la suma de $ 650.853,51,
importe resultante una vez deducido el 10% de utilidad invari-
able y el 20% correspondiente al certificado extraordinario emitido
a cuenta, ascendiendo el presupuesto de obra redeterminado a
la suma de $ 10.664.866,29.
Que el contratista ha renunciado a todo reclamo por mayores
costos, compensaciones, gastos improductivos o supuestos
perjuicios de cualquier naturaleza en los términos del artículo 16
del régimen de que se trata.
Que en consecuencia, al darse el supuesto previsto en el
Decreto Provincial Nº 1231/10, modificatorio de su similar N°
1133/10, y verificada la existencia de los supuestos que tornan
procedente la aplicación del precitado Decreto, la Dirección Ge-
neral de Arquitectura ha considerado conveniente la
redeterminación del precio del contrato, por lo que ha procedido
a suscribir con la contratista el Acta Acuerdo de redeterminación
de precio de Variación de Costos al mes de febrero de 2012.
Que, a tenor de lo establecido en el Artículo 13 inc. d) del Anexo
aludido, la firma constructora deberá integrar, para el caso de
que aún no se haya ejecutado la totalidad de la obra, el importe
adicional de la garantía de cumplimiento de contrato.
Que se agrega Documento Contable-Nota de Pedido Nro. 2013/
000063 para atender la erogación que lo procurado implica.
Por ello, las normas legales citadas, el artículo 14 del Anexo I al
Decreto N° 1231/10, modificatorio de su similar N° 1133/10, lo
dictaminado por la División Jurídica de la Dirección General de
Arquitectura con el Nº 458/2012, por la Dirección de Jurisdicción
de Asuntos Legales del Ministerio de Infraestructura con el N°
221/2013, por Fiscalía de Estado bajo el N° 649, y en uso de sus
atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- APRUÉBASE el Acta Acuerdo de
Redeterminación de Precio por Reconocimiento de la segunda
Variación de Costos y su Rectificatoria al mes de febrero de
2012, por trabajos faltantes de ejecutar en la Obra:
“CONSTRUCCIÓN NUEVO EDIFICIO PARA EL I.P.E.M. Nº 30
ANEXO “EDUARDO SIMÓN NEMIROVSKY” DE LA
LOCALIDAD DE MONTECRISTO - DEPARTAMENTO RIO
PRIMERO - PROVINCIA DE CÓRDOBA” por la suma de PE-
SOS SEISCIENTOS CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS
CINCUENTA Y TRES CON CINCUENTA Y UN CENTAVOS ($
650.853,51), suscripta con fecha 17 de setiembre de 2012 y su
Rectificatoria del día 28 de mayo de 2013, entre el Director Gen-
eral de Arquitectura, Arquitecto Andrés Eduardo CAPARRÓZ,
por una parte, y el Titular de la Empresa Unipersonal CARLOS
E. MARTINEZ, Señor Carlos Enrique MARTINEZ, contratista
de la obra, que como Anexos I y II, compuestos de TRES
(3) fojas y UNA (1) foja respectivamente, integran el presente
Decreto.
ARTÍCULO 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma
de PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS
CINCUENTA Y TRES CON CINCUENTA Y UN CENTAVOS ($
650.853,51), conforme lo indica la Dirección General de
Administración del Ministerio de Educación, en su Documento de
Contabilidad (Nota de Pedido) N° 2013/000063, con cargo a
Jurisdicción 1.35, Programa 378-000, Partida 12.06.00.00 del
P.V .
ARTÍCULO 3°.- FACÚLTASE al señor Director General de
Arquitectura a suscribir la Enmienda de Contrato.
ARTÍCULO 4°.- ESTABLÉCESE que la Dirección General
de Arquitectura, requerirá a la Empresa CARLOS E. MARTINEZ,
de corresponder, la integración del importe adicional de garantía
de cumplimiento de contrato.
ARTÍCULO 5°.- El presente decreto será refrendado por los
señores Ministro de Infraestructura y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 6º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la
Dirección General de Administración del Ministerio de Educación,
al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial, notifíquese, pase a la Dirección General de
Arquitectura a sus efectos y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos/pe_r918.pdf
Decreto N° 956 Córdoba, 12 de agosto de 2013
VISTO: el Expediente Nº 0047-016147/2011/R4 del registro
del Ministerio de Infraestructura.
Y CONSIDERANDO: Que por las presentes actuaciones la
Dirección General de Arquitectura dependiente del Ministerio de
Infraestructura, propicia por Resolución Nº 438/13, la aprobación
del Acta Acuerdo de Redeterminación de Precio por
Reconocimiento de la cuarta Variación de Costos correspondiente
al mes de enero de 2013, por trabajos faltantes de ejecutar en la
Obra: “CONSTRUCCIÓN NUEVO EDIFICIO PARA EL I.P.E.M.
Nº 218 ALBERGUE ESTUDIANTIL, UBICADO EN LA
LOCALIDAD DE PASCO - DEPARTAMENTO GENERAL SAN
MARTÍN - PROVINCIA DE CÓRDOBA”, suscripta con fecha 5
de junio de 2013, entre el Director General de Arquitectura y el
Socio Gerente de la Empresa TETRA S.R.L., contratista de la
obra.
Que la redeterminación de precio de que se trata encuadra en
las previsiones del Decreto Provincial Nº 1231/10, modificatorio
de su similar N° 1133/10, y lo dispuesto por Resolución Nº 013/
11 del entonces Ministerio de Obras y Servicios Públicos, conforme
lo previsto en el Artículo 21° del Pliego Particular de Condiciones.
Que obra en autos la documentación presentada por la contratista
fundamentando su pedido.Que se ha incorporado en autos el
Acta Acuerdo de Redeterminación de Precio por Reconocimiento
de la primera, segunda t tercera Variación de Costos
correspondiente a los meses de diciembre de 2011, y marzo y
julio de 2012, suscripta con fecha 18 de diciembre de 2012 entre
el Director General de Arquitectura y la Empresa TETRA S.R.L.,
y aprobada mediante Decreto Nº 859/2013.
Que surge de autos que el porcentaje de ejecución de obra
acumulada a enero de 2013 era del 55,40%, habiéndose
liquidado a la fecha un 20,00% en concepto de Certificado
Extraordinario de Pago a Cuenta.
Que la Sección de Estudio de Costos de la Dirección General
de Arquitectura ha elaborado planilla e informe del que surge

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