Decreto N° 934
Emisor | Mrio Trabajo Jus. y Gob. |
Fecha de la disposición | 6 de Junio de 2014 |
DECRETO N° 934
Mendoza, 6 de junio de 2014
Visto el Expediente N° 6020-S-14-00951; y
CONSIDERANDO:
Que en las citadas actuaciones se solicita la Homologación del Acta Acuerdo celebrada en fecha 09 de mayo de 2014, en el ámbito de la Subsecretaría de Trabajo y Seguridad Social y suscriptas por el Subsecretario de Trabajo y Seguridad Social, la Dirección de Relaciones Laborales y Control, A.M.P.R.O.S, A.T.E, la Coordinación del Cuerpo Paritario Central, el Ministerio de Trabajo, Justicia y Gobierno, el Ministerio de Desarrollo Social y Derechos Humanos y el Ministerio de Salud; mediante la cual se otorga un incremento salarial a los trabajadores de los Regímenes Salariales 15, 27 y 33.
Que lo acordado no viola disposiciones de orden público ni garantías constitucionales.
Por ello, de acuerdo con lo establecido en el Art. 6° del Decreto Acuerdo N° 955/04 concordante con el Art. 10° inc. b) y k) de la Ley N° 8637, Decretos Acuerdo N° 17/12 y N° 149/13 y Art. 10° del Decreto Acuerdo 3/14; y atento a lo dictaminado por la Asesoría Letrada del Ministerio de Trabajo, Justicia y Gobierno a fs. 14/15,
EL GOBERNADOR
DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Homológuese el Acta Acuerdo celebrada en fecha 09 de mayo de 2014, en el ámbito de la Subsecretaría de Trabajo y Seguridad Social y suscriptas por el Subsecretario de Trabajo y Seguridad Social, la Dirección de Relaciones Laborales y Control, A.M.P.R.O.S, A.T.E, la Coordinación del Cuerpo Paritario Central, el Ministerio de Trabajo, Justicia y Gobierno, el Ministerio de Desarrollo Social y Derechos Humanos y el Ministerio de Salud; mediante la cual se otorga un incremento salarial a los trabajadores de los Regímenes Salariales 15, 27 y 33, la que en fotocopia certificada y como Anexo forma parte integrante del presente decreto.
El presente decreto será refrendado por el Ministro de Trabajo, Justicia y Gobierno, de Hacienda y Finanzas, de Salud, de Infraestructura y de Desarrollo y Derechos Humanos.
El presente decreto se dicta ad referéndum de la Honorable Legislatura Provincial.
Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
FRANCISCO HUMBERTO PEREZ
Rodolfo Manuel Lafalla
Marcelo Fabián Costa
Matías Ernesto Roby
Cristian Pablo Bassin
Rolando Daniel Baldasso
ANEXO
Acta Acuerdo
rige para todos los trabajadores del régimen 15, 27 y 33, independientemente de los Efectores y/o...
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