Decreto N° 854

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 7 de Agosto de 2014
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCV - Nº 140 CÓRDOBA, 25 de agosto de 20142
Resolución Nº 63 / AG
Córdoba, 12 de Agosto de 2014
VISTO: Los expedientes Números: 0180-017738/2014,
0180-017750/2014, 0180-017775/2014, 0180-017779/2014
y 0180-017791/2014 en los que se propicia la formalización
de ajustes en la distribución de los Recursos Financieros y
en el Plan de Inversiones Públicas asignados por el
Presupuesto General de la Administración Provincial del año
2014, Ley Nº 9086, Decreto 150/2004 y sus modificatorias.
Y CONSIDERANDO: Que por Decreto 1966/09, se faculta
a los titulares de cada uno de los Poderes y Jurisdicciones
VIENE DE TAPA
Programa...
TRIBUNAL SUPERIOR
DE JUSTICIA
LA SECRETARIA DE ESTADO DE EDUCACIÓN
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- DECLARAR de Interés Educativo el
Programa Educativo “Investigás con Ciencia”, el que
organizado por la Empresa ECOGAS, a través de La Fábbrica
de Argentina S.A., se llevará a cabo en el transcurso del año
2014, en escuelas de la Provincia de Córdoba.
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese,
notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-
PROF. DELIA M. PROVINCIALI
SECRETARIA DE ESTADO DE EDUCACIÓN
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE
Ley: 10216
ARTÍCULO 1º.- Impónese el nombre de “Héctor Luis `Pirín´ Gradassi” al puente sobre elevado de ingreso al “Autódromo Oscar
Cabalén”, ubicado sobre la Ruta Provincial Nº 5, camino a la ciudad de Alta Gracia.
ARTÍCULO 2º.- Dispónese la impresión de dicha denominación en mapas, carteles, señales y toda otra indicación que se efectúe
sobre el referido acceso, de acuerdo a las disposiciones de la LeyNº 8555.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL, EN LA CIUDAD DE CÓRDOBA, A LOS SEIS DÍAS DEL MES DE AGOSTO
DEL AÑO DOS MIL CATORCE.-
GUILLERMO CARLOS ARIAS CRA. ALICIA MÓNICA PREGNO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEGOBERNADORA
LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA PRESIDENTA
LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA
PODER EJECU TIV O
Decreto Nº 874 Córdoba, 12 de agosto de 2014
Téngase por Ley de la Provincia N° 10216, cúmplase, protocolícese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
ING. HUGO ATILIO TESTA DR. JOSE MANUEL DE LA SOTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA GOBERNADOR
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
de la Administración Central, autorizar las modificaciones
presupuestarias compensadas entre los créditos asignados
dentro de su misma jurisdicción adecuando los montos,
fuentes de financiamiento, plazos, alcance y toda otra que
corresponda en los Proyectos incluidos en el Plan de
Inversiones Públicas, a los fines de reflejar las modificaciones
que se dispongan durante su ejecución.
Que por Acuerdo Nro. 139 Serie “C” de fecha 12/08/2010,
se facultó a esta Administración General del Poder Judicial
de la Provincia de Córdoba formalizar las modificaciones en
las asignaciones de Recursos Financieros y las
adecuaciones al Plan de Inversiones Públicas.
Por todo lo expuesto, y lo dispuesto en los Arts. 2, 3, 6 y 15
del Acuerdo Reglamentario Nro. 916/07 Serie “A” del Tribu-
nal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba, sus
modificatorios y ampliatorios;
LA DIRECTORA DEL ÁREA DE ADMINISTRACIÓN
A CARGO DE LA ADMINISTRACIÓN
GENERAL DEL PODER JUDICIAL
RESUELVE:
I) FORMALÍCENSE las modificaciones en las asignaciones
de Recursos Financieros y las adecuaciones al Plan de
Inversiones del Presupuesto General de la Administración Pro-
vincial en vigencia, de conformidad con el reporte Documento
de Autorización de Modificación de Crédito Presupuestario por
el período comprendido desde el 26/06/2014 al 11/08/2014,
que incluye los Nros. de compensaciones: 10, 11, 13, 14 y 15
que forman parte integrante de la presente Resolución como
su Anexo Único y que consta de dos (2) fojas.
II) TOMEN RAZON el Honorable Tribunal de Cuentas,
Contaduría General, Dirección General de Presupuesto e
Inversiones Públicas y Poder Legislativo, todos de la
Provincia de Córdoba; y comuníquese al Área de
Administración dependiente de la Administración General del
Poder Judicial.
CRA. BEATRIZ ROLAND DE MUÑOZ
DIRECTORA DEL ÁREA DE ADMINISTRACIÓN
A/C. DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL
Decreto N° 854
Córdoba, 7 de Agosto de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0109-067827/
2005, del registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que consta en los referidos autos la
Resolución N° 0210/12 de la entonces
Dirección General de Educación Inicial y
Primaria dependiente del Ministerio de
Educación, mediante la cual se dispuso ad
referéndum de la Superioridad, la
recategorización de la Escuela de Nivel Inicial
“DAMAS PATRICIAS” de la Localidad de La
Francia, Departamento San Justo.
Que conforme a las constancias documentales
e informativas incorporadas en autos y
prescripciones legales de rigor, la decisión se
ajusta a derecho, pues se encuadra dentro de
la normativa que la funda.
Que en efecto, la medida cumple con los
requerimientos jurídicos-formales-peda
gógicos estatuidos por Leyes Nros. 26206 y
9870-, Decreto-Ley N° 1910/E/57, su
reglamentario Decreto N° 3999/E/67, Decretos
Nros. 41009/A/38 y 925/02 y Resolución N°
46/01 del Ministerio de Educación,
encontrándose tal determinación técnica,
administrativa e institucional plasmada en la
resolución de marras.
Que conforme con lo expuesto, no existe
objeción alguna para la ratificación en esta
instancia del instrumento legal en análisis.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo
dictaminado por el Área Jurídica del Ministerio
de Educación con el N° 0335/2014, por Fiscalía
de Estado en casos análogos y en uso de sus
atribuciones constitucionales,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1º.- RATIFÍCASE la Resolución
N° 0210/12 de la entonces Dirección General
de Educación Inicial y Primaria, dependiente del
Ministerio de Educación, mediante la cual se
dispuso, la recategorización de la Escuela de
Nivel Inicial “DAMAS PATRICIAS” de la
Localidad de La Francia, Departamento San
Justo, en los términos y condiciones que se
consignan en la misma, cuya copia forma parte
integrante de este instrumento legal como Anexo
I, compuesto de una (1) foja.
Artículo 2º. EL egreso se imputará a:
Jurisdicción 1.35; Programa 354; Partidas: Prin-
cipal 01 y Parcial 02 “Personal No Permanente”,
Grupo 13, Cargo 260 “Director Escuela Primaria
de Segunda”, del P.V.
Artículo 3º. El presente decreto será
refrendado por el señor Ministro de Educación
y el señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE,
comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y
archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/pe_d854.pdf
PODER
EJECUTIVO

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