Decreto N° 2.726

EmisorMrio de Infraestructura y Energia
Fecha de la disposición31 de Diciembre de 2012

DECRETO N° 2.726

Mendoza, 31 de diciembre de 2012

Visto el expediente N° 4176-Z-2009-03794, en el cual se gestiona el ajuste de la situación de revista escalafonaria de la agente del Instituto Provincial de la Vivienda (IPV), Contadora Pública Nacional y Perito Partidor Adriana Valeria Zabala; y

CONSIDERANDO:

Que la agente mencionada solicita el encasillamiento como profesional por haber obtenido el titulo de Contadora Pública Nacional y Perito Partidor en fecha 13 de agosto de 2009.

Que a fojas 3 del expediente de la referencia el Instituto Provincial de la Vivienda informa que al 31 de agosto de 2009 la citada profesional se encuentra cumpliendo funciones correspondientes a su titulo dentro de la Gerencia de Administración de ese ente.

Que por Resolución N° 578 del citado Instituto se le asignaron funciones como profesional a la Contadora Zabala dentro de la Estructura del IPV.

Que en el informe de fojas 4, expedido por el Jefe del Área Administración de Personal del Instituto Provincial de la Vivienda, la solicitante se desempeñó en dicha repartición desde el día 09 de marzo de 2005 y hasta el 28 de febrero de 2006, como pasante universitario rentado y desde el 1 de marzo de 2006 hasta el 30 de junio de 2008 como contratado mediante sistema de locación de servicios. Luego por Decreto N° 1551/08 fue designada en forma interina en la Planta Permanente del citado Instituto en un cargo de Clase 004 (Régimen Salarial 15 - Agrupamiento 1 - Tramo 02 - Subtramo 02) y ha sido promocionada automáticamente a Clase 005.

Que a fojas 5/6 de autos se acompaña documentación emitida por la Universidad Nacional de Cuyo Facultad de Ciencias Económicas, en la cual se certifica que la solicitante ha obtenido el título citado.

Que Asesoría Legal del Instituto Provincial de la Vivienda a fojas 11 de autos, considera que el encasillamiento en el agrupamiento profesional, requiere el cumplimiento de dos requisitos simultáneos: Título Universitario o Terciario, más el desempeño de tareas acordes con su profesión, lo que con los informes y documentación obrantes en estas actuaciones queda acreditado.

Que a fojas 17 y 39 vuelta del expediente N° 4176-Z-2009-03794, luego de analizar la situación planteada, Fiscalía de Estado señala que no existe impedimento legal para continuar con lo tramitado en autos.

Que a fojas 151 del expediente antes mencionado obra el informe del...

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