Decreto N° 1236

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición24 de Octubre de 2013
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXC - Nº 41 CÓRDOBA, 28 de marzo de 20142
Y NUEVE CENTAVOS ($ 8.470.155,69), a importe Ejercicio
Futuro conforme lo indica el Departamento Administración y
Personal de la Dirección Provincial de Vialidad en su Documento
de Contabilidad (Nota de Pedido) Nº 2013/002097.
ARTÍCULO 3º.- FACÚLTASE al señor Presidente de la
Dirección Provincial de Vialidad, a suscribir el contrato pertinente,
previa constitución de la correspondiente garantía de cumplimiento
y demás recaudos de Ley por parte de la empresa adjudicataria.
ARTÍCULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por los
VIENE DE TAPA
Obra: Mejoramiento...
señores Ministro de Infraestructura y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 5º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención al
Departamento Administración y Personal de la Dirección Provin-
cial de Vialidad, al Tribunal de Cuentas de la Provincia,
comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la citada
Dirección a sus efectos y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 1235 Córdoba, 24 de Octubre de 2013
VISTO: El expediente Nº 0047-015873/2011/R10 del registro
del Ministerio de Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones la Dirección General de
Arquitectura, propicia por Resolución N° 675/2013, la aprobación
del Acta Acuerdo de Redeterminación de Precio por
Reconocimiento de la cuarta Variación de Costos, correspondiente
al mes de febrero de 2013, por los trabajos faltantes de ejecutar
en la Obra: “CONSTRUCCIÓN NUEVO EDIFICIO PARA EL
I.P.E.M. N° 30 ANEXO `EDUARDO SIMÓN NEMIROVSKY´ de
la Localidad de Montecristo - Departamento: Río Primero -
Provincia de Córdoba” suscripta el día 14 de agosto de 2013
entre el Director General de Arquitectura y el titular de la Empresa
Carlos E. Martínez, contratista de la obra.
Que la redeterminación de precio de que se trata encuadra en
las previsiones del Decreto N° 1231/2010, modificatorio de su
similar 1133/2010, y lo dispuesto por Resolución N° 013/2011
del entonces Ministerio de Obras y Servicios Públicos, conforme
Acta de Aceptación de Metodología de Análisis para
Redeterminación de Precios suscripta por las partes y lo
establecido por el artículo 21 del Pliego Particular de Condiciones.
Que obra en autos la documentación presentada por la
contratista fundamentando su pedido.
Que por Decreto N° 1109/2013 se aprobó el Acta Acuerdo de
la tercera Redeterminación de Precio por Reconocimiento de
Variación de Costos de la obra de que se trata.
Que se informa que el porcentaje de ejecución de obra
acumulada a febrero de 2013 era del 95,99%, habiéndose
emitido Certificado Extraordinario de Pago a Cuenta.
Que la Sección de Estudio de Costos de la Dirección General
de Arquitectura ha elaborado planilla e informe del que surge
que, atento lo dispuesto por os artículos 4, 8, 9 y 10 del Decreto
N° 1133/2010, modificado por su similar N° 1231/2010, y lo
dispuesto por Resolución Ministerial N° 13/2011, a partir del mes
de febrero de 2013, se verificó una variación del 7,0931 %, por
lo que se procedió a calcular el Factor de Redeterminación (Fri),
que arroja un porcentaje de variación de costos a partir de dicho
mes del 4,9651%, habiéndose aplicado los Números Índice
publicados mensualmente en el Anexo del Cuadernillo INDEC
Informa, a valores del mes anterior a dicha fecha, y a valores del
mes anterior al de la fecha de la tercera redeterminación (julio de
2012), lo que implica reconocer a la contratista por dicho concepto
la suma de $ 23.134,17, habiéndose considerado el 10% de
utilidad invariable y el 20% liquidado en Concepto de Certificado
Extraordinario (Pago a Cuenta), ascendiendo el presupuesto
de obra redeterminado a febrero de 2013, a la suma de $
11.102.095,53Que en consecuencia al darse el supuesto previsto
en el Decreto N° 1231/2010, modificatorio de su similar N° 1133/
2010 y verificada la existencia de los supuestos que tornan
procedente la aplicación del citado instrumento legal, la Dirección
General de Arquitectura ha considerado conveniente la
redeterminación del precio del contrato, por lo que suscribió con
la contratista el Acta Acuerdo de redeterminación de precio por
reconocimiento de la cuarta variación de costos.
Que se agrega Documento Contable - Nota de Pedido N°
2013-001079 para atender la erogación que lo procurado implica.
Por ello, las normas legales citadas, lo dispuesto por el artículo
14 del Decreto N° 1231/2010, modificatorio de su similar N°
1133/2010, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos
Legales del Ministerio de Infraestructura con el N° 472/2013, por
Fiscalía de Estado bajo el N° 870/2013 y en uso de las
atribuciones conferidas por el artículo 144 inciso 1° de la
Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- APRUÉBASE el Acta Acuerdo de la cuarta
Redeterminación de Precio por Reconocimiento de Variación de
Costos, correspondiente al mes de febrero de 2013, por los
trabajos faltantes de ejecutar en la obra: “CONSTRUCCIÓN
NUEVO EDIFICIO PARA EL I.P.E.M. N° 30 ANEXO `EDUARDO
SIMÓN NEMIROVSKY´ de la Localidad de Montecristo -
Departamento: Río Primero - Provincia de Córdoba”, por la
suma de PESOS VEINTITRES MIL CIENTO TREINTA Y
CUATRO CON DIECISIETE CENTAVOS ($ 23.134,17), suscripta
el día 14 de agosto de 2013, entre el Director General de
Arquitectura y el titular de la empresa Carlos E. Martínez, contratista
de la obra, la que como Anexo I, compuesto de tres (3) fojas,
integra el presente Decreto.
ARTÍCULO 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma
de PESOS VEINTITRES MIL CIENTO TREINTA Y CUATRO
CON DIECISIETE CENTAVOS ($ 23.134,17), conforme lo in-
dica la Dirección General de Administración del Ministerio de
Educación en su Documento de Contabilidad, Nota de Pedido
Nro. 2013/001079 con cargo a Jurisdicción 1.35, Programa 378-
000, Partidas 12.06.00.00 del Presupuesto Vigente.
ARTÍCULO 3º.- FACÚLTASE al señor Director General de
Arquitectura a suscribir la enmienda de contrato por
redeterminación de precio, debiendo la empresa integrar el
importe adicional de garantía de cumplimiento del contrato.
ARTÍCULO 4°.- El presente decreto será refrendado por los
señores Ministro de Infraestructura y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 5°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese
intervención a la Dirección General de Administración del Ministerio
de Educación, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, notifíquese,
publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Dirección General de
Arquitectura a sus efectos y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/pe_d1235.pdf
Decreto N° 1236 Córdoba, 24 de Octubre de 2013
VISTO: el expediente Nº 0047-015973/2011/R11, del registro
del Ministerio de Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la Dirección General de
Arquitectura dependiente del Ministerio de Infraestructura, propicia
por Resolución Nº 642/13, la aprobación del Acta Acuerdo de
Redeterminación de Precio por Reconocimiento de la cuarta
Variación de Costos correspondiente al mes de febrero de 2013,
por trabajos faltantes de ejecutar en la Obra: “CONSTRUCCIÓN
NUEVO EDIFICIO ESCUELA SUPERIOR PRESIDENTE
ROQUE SAENZ PEÑA (ANEXO SAN ROQUE) UBICADA EN
CALLE AVENIDA MARÍA EVA DUARTE DE PERÓN S/Nº DE
LOCALIDAD DE SAN ROQUE - DEPARTAMENTO PUNILLA -
PROVINCIA DE CÓRDOBA”, suscripta con fecha 29 de abril de
2013, entre el Director General de Arquitectura y el Presidente
de la Empresa MARTINEZ LUMELLO CONSTRUCCIONES
S.A., contratista de la obra.
Que la redeterminación de precio de que se trata encuadra en
las previsiones del Decreto N° 1231/2010, modificatorio de su
similar 1133/2010 y lo dispuesto por Resolución N° 013/2011 del
entonces Ministerio de Obras y Servicios Públicos, conforme lo
establecido por el artículo 21 del Pliego Particular de Condiciones.
Que obra en autos la documentación presentada por la
contratista fundamentando su pedido.
Que se ha incorporado el Acta Acuerdo de Redeterminación de
Precios por Reconocimiento de Variación de Costos
correspondiente a los meses de noviembre de 2011, febrero de
2012 y julio de 2012, suscripta con fecha 16 de noviembre de
2012 entre el Director General de Arquitectura y el Presidente de
la Empresa MARTINEZ LUMELLO CONSTRUCCIONES S.A.
Que la División Certificaciones de la Dirección General de
Arquitectura informa que el porcentaje de ejecución de obra
acumulada a febrero de 2013 era del 30,31%, habiéndose
liquidado a la fecha un 20% en concepto de Certificado
Extraordinario de Pago a Cuenta.
Que la Sección de Estudio de Costos de la Dirección General
de Arquitectura ha elaborado planilla e informe del que surge
que, atento lo dispuesto por los artículos 4, 8, 9 y 10 del Decreto
Nº 1133/10, rectificado por su similar Nº 1231/10, y lo dispuesto
por Resolución Ministerial Nº 013/11, a partir del mes de febrero
de 2013 se verificó una variación del 7,27%, por lo que se
procedió a calcular el Factor de Redeterminación (Fri),
verificándose a partir de dicho mes un porcentaje de variación
de costos del 5,09%, habiéndose aplicado los Números Índice
publicados mensualmente en el Anexo del Cuadernillo INDEC
Informa, a valores del mes anterior a dicha fecha y a valores del
mes anterior a la fecha de la última redeterminación (julio de
2012), lo que implica reconocer a la contratista por dicho concepto
la suma de $470.682,05, habiéndose deducido el 10% de utilidad
invariable y el 20% del Certificado Extraordinario de Pago a
Cuenta, ascendiendo el presupuesto de obra redeterminado a
febrero de 2013 a la suma de $ 13.735.644,00.
Que en consecuencia, al darse el supuesto previsto en el
Decreto Nº 1231/10, modificatorio de su similar Nº 1133/10, y
verificada la existencia de los supuestos que tornan procedente
la aplicación del citado instrumento legal, la Dirección General
de Arquitectura ha considerado conveniente la redeterminación
de precio del contrato, por lo que suscribió con la contratista el
Acta Acuerdo de redeterminación de precio por reconocimiento
de la cuarta variación de costos.
Que la contratista ha renunciado a todo reclamo por mayores
costos, compensaciones, gastos improductivos o supuestos
perjuicios de cualquier naturaleza en los términos el Artículo 16
del régimen de que se trata, comprometiéndose a integrar la
garantía de cumplimiento del contrato conforme lo Artículo 13 inc.
d) del Decreto N° 1133/201, modificado por Decreto N° 1231/
2010.
Que se agrega Documento Contable - Nota de Pedido Nº
2013/000621, que certifica la reserva presupuestaria para
atender la erogación que lo procurado implica.
Por ello, las actuaciones cumplidas, las normas legales citadas,
lo prescripto en el artículo 14 del Anexo I al Decreto N° 1231/10
modificatorio de su similar Nº 1133/10, lo dictaminado por la
Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de
Infraestructura con el N° 431/2013, por Fiscalía de Estado bajo

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